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Isabel Pantoja será juzgada en marzo de 2022

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 07 oct 2021

MADRID, 6 (CHANCE)

Hace una semana Isabel Pantoja se enfrentaba al momento más duro de su vida, la muerte de su madre, Doña Ana, con 90 años. El fallecimiento de una madre siempre es algo complicado de digerir, pero para la tonadillera más todavía ya que las dos formaban un todo, nunca se separaron y siempre estuvieron cogidas de la mano ante todas las situaciones de sus vidas.

Ahora, Isabel Pantoja se enfrenta a un nuevo varapalo, será juzgada en marzo de 2022 en el Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga por insolvencia punible, un nuevo caso por el que la veremos el rostro en los juzgados donde ya la vimos hace años y donde fue condenada por blanqueo de capitales a dos años de cárcel.

La Fiscalía malagueña solicita inicialmente que se le impongan a la cantante un pena de tres años de prisión al acusarla como supuesta cooperadora necesaria de un delito de insolvencia punible.

En esta causa, que se ha instruido en los juzgados de Marbella, también está acusado pero como supuesto autor del mismo delito el administrador de una sociedad, que llegó a un acuerdo extrajudicial con la empresa de Pantoja por una deuda, presuntamente en perjuicio de una tercera firma.

Así, según el escrito provisional del fiscal, esa primera sociedad tenía en 2002 una deuda con otra empresa y a la vez tenía otro pleito en los tribunales de Madrid en el que reclamaba una determinada cantidad a la empresa de Pantoja.

El procedimiento entre Panriver 56 y esa sociedad concluyó con una sentencia que condenaba a la empresa de la cantante a pagar 114.100 euros y, al mismo tiempo, en el otro pleito, los juzgados declararon embargado el crédito que la primera pudiera tener a su favor respecto a la de Pantoja.

Según explica el ministerio público en sus conclusiones provisionales, en el procedimiento de ejecución, ya en marzo de 2009, se declaró embargado el solar y la vivienda, situados en la zona de nueva Andalucía de Marbella, propiedad de Pantoja a través de Panriver 56.

A la vista de que la empresa tenía embargado su crédito a favor de la otra, "por lo que no podría disponer de la cantidad por la que había despachado ejecución", y que Panriver "estaba interesada en la venta de los inmuebles --para lo cual resultaba necesario cancelar el embargo sobre los mismos--", los acusados "se concertaron para beneficiarse mutuamente", dice el fiscal.

Pero de esta forma, señala la Fiscalía, actuaron "en perjuicio de los derechos de crédito" de la otra sociedad, de forma que mediante escritura pública llegaron a un acuerdo que consistía en que Panriver 56 pagaba la deuda, que se rebajaba a 62.759 euros; y la otra renunciaba a cualquier reclamación.

Al mismo tiempo, ambos instaron a que se archivara el procedimiento, "impidiendo así que la otra empresa cobrara la cantidad por la se había despachado de 114.108 euros, así como la realización de las fincas embargadas".

Por estos hechos, se acusa a los procesados por un delito de insolvencia punible y se solicita para cada uno de ellos tres años de prisión y una multa de 18 meses con una cuota diaria de 20 euros, lo que supone el pago de 10.800 euros. Además, se insta a la nulidad del acuerdo extrajudicial entre ambas empresas.

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