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El TS dicta que los Ayuntamientos pueden pintar de color distinto al azul las marcas viales para estacionamiento

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17:58

El Tribunal Supremo (TS) ha validado que los Ayuntamientos pueden establecer marcas viales de color distinto al azul para los estacionamientos, a pesar de que el Reglamento General de Circulación recoja que los estacionamientos tienen que señalizarse con marcas de color azul.

Así lo establece el Supremo en una sentencia en la que desestima el recurso de casación interpuesto por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

En 2016, el tribunal madrileño desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por esta misma asociación, la cual consideraba que el Ayuntamiento de Madrid habría incurrido en la ilegalidad al establecer marcas viales de color verde y naranja para los estacionamientos.

Según la sentencia del TS, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Ley establece el uso del color azul en marcas viales "para delimitar una zona de estacionamiento, o un tramo de vía en el que la duración del establecimiento esté limitada y deba el conductor indicar de forma visible la hora de comienzo del mismo".

Si bien, la misma Ley, en su artículo 7b), atribuye a los municipios competencia para "la regulación mediante Ordenanza Municipal de Circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social".

Ahora bien, la sentencia indica que "dados los términos en los que se produce la regulación" en el Ayuntamiento de Madrid, "se observa que el ejercicio de la potestad normativa por el Ayuntamiento, en el aspecto cuestionado, se desenvuelve en el marco de respeto a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y congruencia".

En este sentido, asegura que el Ayuntamiento mantiene "con carácter general" la señalización azul respecto de las áreas de limitación horaria y contempla la utilización de otro color en lo imprescindible para la adecuada señalización de otras limitaciones (residentes) que responden, además, a otras razones que justifican el establecimiento del Sistema de Estacionamiento Regulado (SER).

"Todo ello lleva a concluir que la Ordenanza de Movilidad impugnada, al establecer la señalización vial correspondiente al régimen de estacionamiento contemplado en la misma, no invade competencias ni contradice la normativa sectorial invocada por la recurrente, por lo que no son de apreciar en la sentencia recurrida las infracciones que se denuncian en este motivo de casación, que, en consecuencia, debe ser desestimado".

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) considera "preocupante" el contenido de la sentencia. A juicio de su presidente, Mario Arnaldo, este pronunciamiento "no sólo supone una quiebra de los principios de confianza y seguridad, pues ningún conductor puede conocer las señales y colores que en cada momento pueda establecer cada uno de los municipios en sus Ordenanzas, sino que además supone un grave riesgo para la seguridad vial".

"Imagínense lo que podría ocurrir si a cada uno de los más de 8.000 ayuntamientos españoles se le ocurriera pintar de colores los pasos de cebra, o sustituir las señales de Stop por girasoles. Eso por no hablar del idioma a utilizar en los paneles complementarios de las señales", ha lamentado.

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