• Jueves, 18 de abril 2024
  • ABC

COPE

Noticias

CORONAVIRUS MANIFESTACIONES (Ampliación)

TSJM deja en manos del Supremo la decisión sobre las manifestaciones de Vox

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dejado en manos del Tribunal Supremo la decisión sobre los recursos de Vox contra el acuerdo del Ministerio del Interior de prohibir las manifestaciones contra el Gobierno convocadas por el partido para el próximo 23 de mayo en Cataluña. ,La Sección Décima de la Sala de lo Contencioso del TSJM señala que carece de competencia para resolver los recursos presentados por la formación que lidera Santiago Abascal, que pretend

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20 may 2020

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dejado en manos del Tribunal Supremo la decisión sobre los recursos de Vox contra el acuerdo del Ministerio del Interior de prohibir las manifestaciones contra el Gobierno convocadas por el partido para el próximo 23 de mayo en Cataluña.

La Sección Décima de la Sala de lo Contencioso del TSJM señala que carece de competencia para resolver los recursos presentados por la formación que lidera Santiago Abascal, que pretende que se garanticen los derechos de reunión y manifestación en esta región.

Por ello, ha remitido con carácter de urgencia las actuaciones, sin más trámite, al Tribunal Supremo, al considerar que es su Sala Tercera la que tiene la competencia objetiva, pues los recursos se interponen frente a un acto de una autoridad delegada del Gobierno, de manera que debe entenderse adoptado por el órgano delegante, el Gobierno de la Nación.

Interior adoptó un acuerdo el día 15 por el que se prohíben la celebraciones de manifestaciones comunicadas por Vox en las capitales de las cuatro provincias catalanas para el próximo día 23.

Una decisión que recurrió de inmediato el partido, cuyo portavoz, Jorge Buxadé, dijo que la prohibición de la "caravanas de la libertad" en las capitales de provincia catalanas demuestra que el separatismo sigue marcando la agenda política.

En su recuso, el partido alega que el estado de alarma no permite la limitación absoluta o la eliminación de la posibilidad de ejercicio del derecho de manifestación.

Y, tras analizar la proporcionalidad entre los intereses en juego, entre el derecho fundamental de reunión y la seguridad ciudadana, denuncia que, de facto en el estado de alarma se ha producido una eliminación de estos derechos.

Pero ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid deja el asunto en manos del Supremo por considerarlo de su competencia.

Dicen los magistrados que pese a que la competencia para ejercer las funciones gubernativas sobre el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación corresponde a la Generalitat (al tratarse de manifestaciones convocados en cataluña) esta función ha sido asumida por el ministro del Interior por delegación del Gobierno al amparo del real decreto del estado de alarma.

"En estas circunstancias, entiende este tribunal que la competencia para conocer del recurso interpuesto corresponde a la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (...) al haberse recurrido un acto dictado por el ministro del Interior como autoridad delegada del Gobierno de la Nación", añaden. EFE

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Reproducir
Directo La Tarde

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Escuchar