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El TSJC rechaza otro intento de Torra para suspender su inhabilitación

La semana pasada, el pleno del Constitucional ya desestimó por unanimidad una petición cautelarísima de la defensa de Torra para dejar en suspenso su pena de inhabilitación

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:32

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado suspender la pena de año y medio de inhabilitación impuesta al expresidente de la Generalitat Quim Torra, mientras el Tribunal Constitucional decide sobre el recurso de amparo presentado contra la sentencia.

En un auto, la sala civil y penal del TSJC tumba el segundo intento de Torra para suspender su pena de inhabilitación, al entender que esa decisión es "competencia exclusiva" del Tribunal Constitucional y que es "doctrina consolidada" que los recursos de amparo no paralizan la ejecución de las condenas.

La semana pasada, el pleno del Constitucional ya desestimó por unanimidad una petición cautelarísima de la defensa de Torra para dejar en suspenso su pena de inhabilitación, mientras resuelve el recurso de amparo que el expresident presentó, al día siguiente de que el Supremo declarara firme su condena por desobediencia.

En su auto, el TSJC da la razón a la Fiscalía, que se opuso a la suspensión, y concluye que sus argumentos son "incontestables", en primer lugar porque la propia ley advierte de que "la interposición del recurso de amparo no suspende la efectividad del acto o sentencia recurrida".

"No estará de más recordar aquí la que viene siendo doctrina consolidada elaborada por el propio Tribunal Constitucional en la interpretación de este precepto", insiste la sala.

Asimismo, el auto arguye que la suspensión que solicita Torra "escapa del ámbito decisional" del tribunal sentenciador, puesto que la ley procesal le obliga a ejecutar la sentencia, en cuanto esta sea declarada firme.

"Si existieren razones que pudieran justificar la suspensión no nos corresponde a nosotros ni evaluar ni decidir", añaden los jueces.

Lo que sí admite la sala es un "error material" del auto en el que dio por efectiva la condena de inhabilitación de Torra -apenas hora y media después de que el Supremo la confirmara-, porque la resolución declaraba firme la sentencia de este tribunal, en vez de la que el propio TSJC dictó el pasado mes de diciembre para condenar al expresidente catalán.

Para la sala, "tal omisión no pasa de tratarse de un error material en la consignación de la sentencia declarada firme" y cualquier duda que pudiera provocar "se despeja inmediatamente con acudir a la reproducción de las penas cuya efectividad y ejecución se desencadena" a partir del auto.

El TSJC acuerda rectificar el "error material" de su resolución y recuerda que este podría haberse subsanado mediante un simple auto de aclaración.

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