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TSJC devolvió a juez causa de diputada de CUP por instrucción "insuficiente"

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) devolvió a la juez de Tarragona la causa abierta a la diputada de la CUP Laia Estrada, al entender que la instrucción es "totalmente insuficiente" para atribuirle un delito de desórdenes públicos que justifique investigarla.,En un auto del pasado 3 de mayo, al que ha tenido acceso Efe, la sala civil y penal del TSJC acuerda devolver la causa a la magistrada para que emita una exposición razonada en la que delimite los

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:12

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) devolvió a la juez de Tarragona la causa abierta a la diputada de la CUP Laia Estrada, al entender que la instrucción es "totalmente insuficiente" para atribuirle un delito de desórdenes públicos que justifique investigarla.

En un auto del pasado 3 de mayo, al que ha tenido acceso Efe, la sala civil y penal del TSJC acuerda devolver la causa a la magistrada para que emita una exposición razonada en la que delimite los indicios delictivos que pesan contra Estrada, quien plantó a la juez en las dos ocasiones en que la citó para tomarle declaración.

Tras recibir ese auto, la titular del juzgado de instrucción número seis de Tarragona ha ordenado este jueves la detención de Estrada para tomarle declaración como investigada, pese a que tiene la condición de aforada ante el TSJC desde que el pasado 14F fue elegida diputada del Parlament y, de acuerdo con la ley, su arresto estaría previsto solo en casos de "flagrante delito".

La diputada, junto a otras seis personas, es investigada a raíz de un atestado de los Mossos d'Esquadra que le atribuye su participación en unos incidentes en una protesta de diciembre de 2019 convocada por Arran y los CDR.

Una vez Estrada recibió su credencial de diputada, la juez instructora remitió al TSJC la causa por desórdenes, acompañada de un auto en el que recordaba que lo único que quedaba pendiente para finalizar la instrucción era tomar declaración a Laia Estrada.

No obstante, añade el alto tribunal, dicho auto no contenía "ningún hecho relativo a la participación indiciaria y presuntamente delictiva de la señora Estrada Cañón", ni menciona el "presunto delito objeto de investigación y/o imputación a la misma", lo que resulta "insuficiente" para que la sala declare su competencia para investigarla.

En opinión del TSJC, la instrucción remitida por la juez de Tarragona "es prácticamente inexistente respecto de la investigada aforada, y totalmente insuficiente para atribuir a la misma la comisión y/o participación de un presunto delito de desórdenes públicos que justifique la asunción por esta sala de la continuación de la instrucción".

Por ese motivo, emplaza a la magistrada a remitirle una exposición razonada que detalle los hechos concretos que afecten a Estrada, así como "la participación que en ellos pudiera haber tenido y la concreta tipificación penal que los hechos pudieran revestir".

Asimismo, ordena al juez instructor continuar con el proceso penal respecto al resto de investigados no aforados ante el TSJC.

Según señala el auto del TSJC, los atestados de la policía catalana que dieron pie a la investigación "hacían mención a la participación de la señora Estrada Cañón en varias acciones ejecutadas con ocasión de dichas manifestaciones en la vía pública y delante de sedes judiciales de Tarragona".

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