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CASO PROCÉS

El TC tampoco admite el recurso a la negativa a Sànchez a ir a su investidura

El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo presentado por diputados de JxCat contra la negativa del magistrado del Supremo Pablo Llarena a excarcelar al exlíder de ANC Jordi Sànchez para acudir a la sesión de investidura del Parlament en 2018 como candidato.,La razón, según el fallo adelantado este miércoles, es que los recurrentes, entre los que también estaba el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, no han agotado la vía judicial antes de r

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 12:52

El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo presentado por diputados de JxCat contra la negativa del magistrado del Supremo Pablo Llarena a excarcelar al exlíder de ANC Jordi Sànchez para acudir a la sesión de investidura del Parlament en 2018 como candidato.

La razón, según el fallo adelantado este miércoles, es que los recurrentes, entre los que también estaba el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, no han agotado la vía judicial antes de recurrir al Constitucional, el mismo motivo por el que la semana pasada inadmitió otro recurso del expresident y ahora eurodiputado contra otra decisión del Tribunal Supremo.

Por el mismo motivo, el pasado 17 de enero el Contitucional decidió no admitir otro recurso, en ese caso contra la decisión del Supremo de impedir a Jordi Turull asistir al Parlamento de Cataluña para ser investido presidente.

En esta ocasión, los diputados recurrieron el auto del 9 de marzo de 2018, en el que el magistrado instructor del "procés", Pablo Llarena, denegaba a Sànchez -ya cumpliendo condena firme por sedición- su petición de libertad y la concesión de un permiso penitenciario para asistir a la sesión de investidura en el Parlament, a defender su candidatura a president en marzo de 2018.

Puigdemont y los otros recurrentes acudieron al TC al considerar que la decisión de Llarena había vulnerado su derecho fundamental al ejercicio del cargo público representativo, porque como diputados del Parlament, tenía derecho a debatir y pronunciarse sobre la investidura de Sànchez.

Sin embargo, según la sentencia -que se conocerá íntegramene en los próximos días- el expresident no denunció la vulneración de sus derechos ante el magistrado instructor ni la Sala del Supremo que revisaba sus decisiones, y ni siquiera se adhirieron al recurso de apelación que sí presentó el propio Jordi Sànchez ante el Supremo.

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