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Suspenden la retirada de los bienes de Meirás hasta resolver los recursos

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha suspendido el plazo de un mes concedido el pasado 28 de abril a la familia Franco para retirar las cosas, bienes u objetos del interior del pazo de Meirás hasta que no resuelva los recursos presentados, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. ,Además, ha emitido otra resolución en la que requiere al Estado, tal y como solicitaba la familia Franco, para que en el plazo máximo de un mes deposite en

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:55

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha suspendido el plazo de un mes concedido el pasado 28 de abril a la familia Franco para retirar las cosas, bienes u objetos del interior del pazo de Meirás hasta que no resuelva los recursos presentados, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Además, ha emitido otra resolución en la que requiere al Estado, tal y como solicitaba la familia Franco, para que en el plazo máximo de un mes deposite en el órgano judicial la información y documentación de la que disponga y haya manejado para determinar la necesidad de acometer obras en el pazo de Meirás.

De esta forma, la Administración deberá justificar la declaración de emergencia de las contrataciones de las obras y especificar los trabajos concretos que ha ejecutado, está ejecutando y/o proyecta ejecutar, además de justificar su importe.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha denegado a la familia Franco su petición de que unos técnicos propuestos por los demandados pudiesen inspeccionar presencialmente las partes o elementos del pazo afectados por las obras.

En el auto, contra el que cabe presentar recurso de apelación, la jueza destaca que la Administración afirma la existencia de un amplio reportaje fotográfico en el que se recoge el estado previo del inmueble antes de los trabajos a ejecutar.

Entre la documentación deberá incluir la memoria propuesta para la declaración de emergencia de determinadas actuaciones, que fue elaborada por la Delegación de Economía y Hacienda de A Coruña.

También tendrá que remitir el encargo realizado a la empresa en el que se detallan pormenorizadamente las obras de emergencia, tanto en el edificio principal como en el entorno del pazo (incluyendo su coste), así como un estudio sobre la situación de las instalaciones eléctricas y el contrato para solucionar de manera urgente los problemas detectados.

El Estado, además, deberá facilitar los contratos relacionados con la jardinería.

A la vista de la prueba documental y de los informes periciales de los técnicos de la Administración, los demandados tendrán acceso y pleno conocimiento de las obras a realizar o realizadas y el coste fijado a cada una de ellas, indica la jueza.

Asimismo, apunta que en el caso de que fuera estimado el recurso de casación contra la sentencia que otorga la propiedad del inmueble al Estado y la familia Franco pretendiera reclamar el coste de los trabajos realizados por su carácter necesario, la carga de la prueba correspondería a la Administración.

Por ello, añade, es la máxima interesada en poder acreditar el estado real del inmueble antes de iniciar las obras. EFE

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