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La sentencia que condena al otro Jordi Pujol Ferrusola

El Supremo ha condenado a un empresario llamado Jordi Pujol Ferrusola, que nada tiene que ver con el hijo del expresidente de la Generalitat, a devolver a la Universidad de Salamanca dos pinturas que compró pero que pertenecen a la institución académica de la que salieron para su restauración.,Se trata de dos sinopias -dibujos realizados sobre la preparación de un muro pintado al fresco- sobre las constelaciones de Leo y Centauro que se encontraban en la bóveda de la antigu

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10:01

El Supremo ha condenado a un empresario llamado Jordi Pujol Ferrusola, que nada tiene que ver con el hijo del expresidente de la Generalitat, a devolver a la Universidad de Salamanca dos pinturas que compró pero que pertenecen a la institución académica de la que salieron para su restauración.

Se trata de dos sinopias -dibujos realizados sobre la preparación de un muro pintado al fresco- sobre las constelaciones de Leo y Centauro que se encontraban en la bóveda de la antigua biblioteca del edificio histórico de la Universidad de Salamanca, declarada en 1931 monumento histórico-artístico perteneciente al Tesoro Artístico Nacional.

El condenado, por extraño que resulte, no es el hijo de Jordi Pujol y de Marta Ferrusola, sino un empresario catalán dedicado a la adquisición, venta y exportación de antigüedades y obras de arte.

Así lo recogieron varios medios de comunicación, primero la Gaceta de Salamanca y posteriormente El Mundo y El Periódico, cuando se destapó el caso de las sinopias de la Universidad de Salamanca, sobre el que acaba de pronunciarse el Supremo.

En su sentencia, el alto tribunal desestima el recurso de Jordi Pujol Ferrusola contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, que le condenó a entregar las sinopias a la universidad, resolución que queda confirmada.

Los magistrados explican que dicha bóveda estaba decorada con las pinturas murales del "Cielo de Salamanca", datadas en el siglo XV y obra del pintor Fernando Gallego, y que además de la película pictórica original del exterior en el estrado subyacente contenía unos dibujos preparatorios, entre ellos las referidas sinopias.

Añaden que a la vista del mal estado de conservación de la obra pictórica en 1950 a instancia del entonces gobernador civil de Salamanca se encargó a José G.R. el proyecto de restauración, arranque y traslado del lienzo de las pinturas del "Cielo de Salamanca".

Agregan que la película pictórica fue extraída en fragmentos por los encargados del proyecto y transportada a Barcelona para su restauración y posterior retorno al edificio histórico de la Universidad, aunque algunas sinopias fueron arrancadas, entre ellas las de Leo y Centauro, que no volvieron a su lugar de origen.

La sentencia señala que "José G.R. poseyó las sinopias de Leo y Centauro hasta su fallecimiento el 16 de marzo de 1985" y luego se expusieron en una galería de Barcelona de uno de sus hijos, que las vendió por ocho millones de pesetas -algo más de 48.000 euros- a Jordi Pujol Ferrusola, que las cedió a distintas exposiciones.

Posteriormente las obras fueron declaradas en 2006 inexportables por el Ministerio de Cultura y la Generalitat de Cataluña las incluyó al año siguiente en el catálogo del patrimonio cultural de la comunidad autónoma.

El Supremo avala la fundamentación de la Audiencia, que entendió que al tratarse las sinopias de unos objetos "fuera del comercio" la propiedad "no ha de ser reconocida" a Jordi Pujol Ferrusola ya que la misma es "de carácter público".

"El hecho de la posesión por el vendedor y la compra efectuada por el demandado de las sinopias no es determinante para lo resuelto por la Audiencia, de modo que podrían darse por acreditadas ambas circunstancias y la decisión sería la misma", agrega.

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Es decir, "la decisión final adoptada por la Audiencia prescinde de la forma de adquisición por el demandado de las obras objeto de reivindicación".

Los magistrados explican que no pueden atender la pretensión de Jordi Pujol Ferrusola de ser indemnizado con 540.000 euros por entregar las obras pictóricas y estiman que la omisión por parte de la Audiencia, que no resolvió esta cuestión, "tendría que haber sido denunciada como incongruencia en el recurso".

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