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Sabina pierde el recurso contra Hacienda por 2,5 millones de euros

El cantante Joaquín Sabina ha perdido el recurso presentado contra la liquidación que hizo Hacienda de los ejercicios fiscales de 2008, 2009 y 2010 en relación a la declaración de los ingresos por derechos de autor y tres sociedades, por una cuantía de 2,5 millones de euros.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:09

El cantante Joaquín Sabina ha perdido el recurso presentado contra la liquidación que hizo Hacienda de los ejercicios fiscales de 2008, 2009 y 2010 en relación a la declaración de los ingresos por derechos de autor y tres sociedades, por una cuantía de 2,5 millones de euros.

La Audiencia Nacional ha rechazado así el recurso que Joaquín Sabina presentó contra la resolución del Tribunal económico-administrativo Central (TEAC), de 2019, que a su vez confirmó la del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de 2017, sobre la reclamación interpuesta por el cantante a liquidación por el IRPF en esos tres ejercicios y contra la sanción que le fue impuesta.

La sentencia de la Audiencia Nacional explica que Sabina era socio mayoritario y administrador solidario de la entidad Ultramarinos Finos SL, socio mayoritario de la empresa Relatores SL y es el padre de una de las socias de la entidad El pan de mis niñas SL.

Además, indica que las cantidades percibidas de la sociedad Ultramarinos Finos SL en los periodos impositivos 2008, 2009 y 2010, como rendimientos de trabajo, eran como contraprestación por la prestación de los servicios artísticos.

Por otra parte, agrega, Sabina había cedido a las otras dos sociedades derechos de autor de su obra y de la que compusiera en un futuro y por esta cesión no percibía cantidad alguna según sus declaraciones tributarias y el total de los ingresos de explotación de dichas entidades procedía de la explotación de los referidos derechos de autor, recalca.

Como consecuencia de la regularización practicada por Hacienda, se dictaron acuerdos de liquidación a estas tres empresas por su Impuesto sobre Sociedades, considerándose que los servicios prestados por Sabina a la sociedad eran un gasto relacionado con los ingresos y, por tanto, deducible de la cuenta de resultados de la sociedad. Correlativamente, se acordó incrementar la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del cantante.

La Audiencia Nacional ha declarado conforme a derecho estas regularizaciones en una sentencia que Sabina podrá recurrir ante el Tribunal Supremo.

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