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CASO MANGA

El TS resuelve que el juzgado de Girona siga la instrucción del caso 'Manga'

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que debe ser el juzgado de instrucción 3 de Santa Coloma de Farners el que siga la instrucción del caso 'Manga', rama catalana del caso 'Pokemon', iniciado en Galicia en 2011 y que investiga una trama de corrupción en adjudicaciones de servicios públicos.,Ni el juzgado de instrucción 1 de Lugo, que inició las investigaciones, ni el juzgado de instrucción 3 de Santa Coloma, que era el competente por ubicación, s

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 19:37

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que debe ser el juzgado de instrucción 3 de Santa Coloma de Farners el que siga la instrucción del caso 'Manga', rama catalana del caso 'Pokemon', iniciado en Galicia en 2011 y que investiga una trama de corrupción en adjudicaciones de servicios públicos.

Ni el juzgado de instrucción 1 de Lugo, que inició las investigaciones, ni el juzgado de instrucción 3 de Santa Coloma, que era el competente por ubicación, se quisieron hacer cargo de la instrucción del caso, lo que llevó a una "cuestión de competencia negativa" que debía resolver la Sala Penal del TS.

Con fecha de 26 de septiembre, el auto del que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral ha dictaminado que "la cuestión de competencia negativa debe ser resuelta atribuyéndola al juzgado de Santa Coloma".

Lo basa en que en la actualidad la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) establece que "como regla general cada delito dará lugar a la formación de una causa" y que "resulta aconsejable que cada juzgado conozca de los hechos acontecidos en su territorio".

Una de las ramificaciones del caso 'Pokemon' destapó toda una trama de enchufes políticos, adjudicaciones irregulares, financiación ilegal de material electoral de CiU y otras actuaciones al margen de la ley, cuyo epicentro se situaba en el Consejo Comarcal de la Selva y tenía en Robert Fauria, exalcalde de Sant Hilari Sacalm, a uno de sus protagonistas.

La investigación de este caso, que se denominó 'Manga', corrió a cargo del Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA) de la Agencia Tributaria durante 2012 y 2103 y concluyó con cuatro detenidos y tres imputados en Girona, todos ellos empresarios, políticos y funcionarios de la Selva.

Se les acusó de adjudicar concursos públicos a dedo, filtrar oposiciones para plazas municipales, colocar a familiares y conocidos, pagar favores con elevadas sumas de dinero y falsear facturas.

El eslabón que unía la trama de corrupción gallega con la de Girona era el empresario Álex Ros Valls, detenido y encarcelado en febrero de 2012. Era administrador de GRS Arc Local, empresa de Lloret de Mar dedicada a prestar servicios a administraciones públicas de consultoría, recaudación de tributos, actualizaciones de catastro o gestión de comedores escolares.

Ros tejió una red de contactos políticos para acceder a las administraciones, donde según los investigadores se servía de algún funcionario para hacerse con concursos públicos.

Las diligencias del caso 'Pokemon' se abrieron el 5 de abril de 2011 en Lugo y la investigación del caso 'Manga' se hizo en Girona entre 2012 y 2013, aunque dirigida desde Lugo.

Sin embargo, en 2014 el juzgado gallego se inhibió de esta causa en favor del juzgado de Santa Coloma de Farners, que lo rechazó.

Ante el rechazo de Santa Coloma de Farners, el de Lugo mandó las diligencias previas a los juzgados centrales de Madrid para que resolvieran sobre esta "cuestión de competencia negativa".

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El tribunal escuchó a todas las partes: el juzgado de Santa Coloma argumentó que el grupo empresarial GRS, dirigido por Alex Ros, disponía de una importante actividad empresarial.

En el auto en que rechazaba la inhibición a su favor, Santa Coloma aseguraba que la actividad delictiva de Ros se había iniciado en la Selva, pero se había extendido a toda Cataluña y a otras comunidades autónomas como Galicia, Asturias, Extremadura, Castilla y León, actividades recogidas en las diligencias previas de 2011 del juzgado de Lugo.

El Ministerio Fiscal también dictaminó que la conjunta investigación de los referidos delitos correspondía al juzgado que comenzó las investigaciones, en este caso el de Lugo.

Éste aceptó recobrar la competencia para seguir conociendo los actos delictivos de Ros, pero entendió que los referidos a la comarca de la Selva debían "dar lugar a una causa separada que debería ser conocida por el juzgado del lugar donde se cometieron".

Finalmente el TS le ha dado la razón al juzgado gallego y manda que se siga la instrucción en Santa Coloma.

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