• Viernes, 19 de abril 2024
  • ABC

COPE

Noticias

¿Qué condena les puede caer a los procesados por rebelión?

Los acusados por este delito se pueden enfrentar a una pena de hasta 25 años de prisión

¿Qué condena les puede caer a los procesados por rebelión?

COPE.ES

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 27 ago 2018

 El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha procesado este viernes a 13 personas por su participación en el denominado "procés" para la independencia de Cataluña, incluidos Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull y Marta Rovira, por el delito de rebelión. Además de ellos, los otros procesados por rebelión son los exconsellers Joaquim Forn, Raúl Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Antonio Comín y Dolors Bassa. También procesa por rebelión a la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, al ex presiente de la ANC, Jordi Sànchez y al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

Pero, ¿qué delito les puede caer si finalmente son sentenciados? La rebelión, según el artículo 472 del Código Penal, la comete quien se alzare «violenta y públicamente» para declarar la independencia de una parte del territorio nacional; derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución; o destituir o despojar de facultades al Rey, entre otros casos. «Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma», así como «usar o ejercer por sí o despojar» a estas instituciones o «a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad», también se entiende como rebelión.

Los acusados por este delito se pueden enfrentar a una pena de hasta 25 años de prisión. Según el artículo 473 del Código Penal las personas que han «promovido» y «sostengan» la rebelión serán castigados con la pena de entre 15 y 25 años de cárcel e inhabilitación por el mismo tiempo. No obstante, la rebelión está penada con hasta 30 años en el caso de que se empleen armas, hubiera combates, ejercido de la violencia grave contra personas, causado destrozos en propiedades de titularidad pública o privada, «exigido contribuciones o distraído los caudales públicos» o cortado las comunicaciones «telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase», ejercido la violencia grave contra personas.

El único precedente que se conoce en la democracia española en relación a este delito es el del exteniente coronel Antonio Tejero, condenado a 30 años de prisión por rebelión militar, por tomar el Congreso de los Diputados el 23 de febrero de 1981. También fueron condenados por lo mismo los mandos que participaron en el intento de Golpe de Estado.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Reproducir
Directo La Tarde

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Escuchar