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TC pide evitar la prisión para los acusados absueltos por enfermedad mental

El Tribunal Constitucional considera que no se puede mantener en prisión a una persona absuelta de un delito por padecer un transtorno mental, mientras se resuelven los recursos que se hayan podido presentar, y advierte que es necesario acabar con el "delicado vacío normativo" que existe en la actualidad.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:55

El Tribunal Constitucional considera que no se puede mantener en prisión a una persona absuelta de un delito por padecer un transtorno mental, mientras se resuelven los recursos que se hayan podido presentar, y advierte que es necesario acabar con el "delicado vacío normativo" que existe en la actualidad.

El Constitucional lanza este mensaje en una sentencia en la que da amparo a un hombre que acuchilló a su hijo y agredió a su mujer y fue absuelto por la Audiencia Provincial de Córdoba del delito de tentativa de homicidio y violencia física al apreciarse "una eximente completa de trastorno mental".

Ante la gravedad de los hechos, se dictó su internamiento en un centro psiquiátrico, pero, mientras se resolvían los recursos presentados contra esa sentencia, la Audiencia acordó levantar la prisión provisional y que el acusado ingresara en "la unidad psiquiátrica del centro penitenciario correspondiente" hasta que hubiera una resolución firme.

Sus abogados pidieron amparo al Constitucional porque, a pesar de la absolución, su defendido iba a seguir privado de libertad en prisión y el Tribunal les da la razón, al considerar que se violó el artículo 5 del Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales que protege al individuo contra la arbitrariedad.

El TC señala la "improcedencia" de mantener a una persona con trastorno mental en centros de detención que carezcan de las necesarias condiciones para su tratamiento médico.

Según reseña, en España sólo funcionan como "establecimientos psiquiátricos penitenciarios" los hospitales psiquiátricos penitenciarios de Alicante y Sevilla y sólo se ha constituido una unidad de hospitalización psiquiátrica en la cárcel de Brians 1, exclusiva para la población reclusa de Cataluña.

Resultaba imposible así que el acusado fuera recluido en la "unidad psiquiátrica" de la prisión de Córdoba, por lo que ingresó en la enfermería de esa cárcel hasta que, una vez firme la sentencia, fue trasladado al hospital psiquiátrico penitenciario de Sevilla.

La estancia en la enfermería fue, según el TC, "una prisión encubierta, carente de total cobertura legal y, por ello, vulneradora de su derecho a la libertad".

El Constitucional advierte que "corresponde únicamente al legislador, en el marco de sus potestades constitucionales (art. 66.2 de la Costitución), poner fin a este delicado vacío normativo, regulando de manera pertinente la medida cautelar penal de internamiento en centro psiquiátrico".

Hasta que no se pruebe esa ley, "no cabe privar de libertad al acusado absuelto en sentencia por aplicación de una eximente por trastorno mental, mientras se resuelven el o los recursos interpuestos contra dicha resolución judicial".

Sólo podrá hacerse si lo decide un juez y lo envía a un centro integrado en la red hospitalaria civil y no bajo el control de la administración penitenciaria.

En un comunicado, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) subraya que la sentencia reconoce lo que ellos llevan tiempo denunciando: "Que no es posible encerrar en una cárcel a una persona absuelta por haber cometido un delito del que no era consciente por estar afectada por una enfermedad mental".

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Según eta asociación, el número de personas con enfermedad mental en prisión no ha dejado de aumentar en los últimos años.

"Desde la desaparición de los psiquiátricos no se han adoptado suficientes programas destinados a evitar la comisión de delitos, apoyar a las familias y a los enfermos, y menos aún para crear una red de centros psiquiátricos que pudieran acoger a los enfermos que hubieran cometido delitos a consecuencia de la enfermedad", denuncia.

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