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Otras polémicas sentencias de Estrasburgo: de eliminar la doctrina Parot a dar amparo a un pedófilo

Las devoluciones 'en caliente' en las fronteras de Ceuta y Melilla y la inhabilitación a Juan María Atutxa también recibieron la reprimenda del Tribunal 

Otras polémicas sentencias de Estrasburgo: de eliminar la doctrina Parot a dar amparo a un pedófilo

AGENCIAS

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 06 nov 2018

 El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado este martes a España por no atender la recusación por parcialidad que presentaron Arnaldo Otegi y otros cuatro dirigentes de la izquierda abertzale en 2011 contra la jueza de la Audiencia Nacional Ángela Murillo. En su sentencia, el tribunal concluyó que "el recelo de los demandantes (hacia Murillo) podía considerarse objetivamente justificado", teniendo en cuenta que dos meses antes el Tribunal Supremo había aceptado su recusación en otro caso.

Este nuevo varapalo de la Justicia Europea a España no es el primero y el último. De hecho, el órgano acumula una serie de sentencias difíciles de comprender y que han causado gran polémica. Este mismo año, el TEDH condenó  a España por los malos tratos infligidos durante la detención de los dos miembros de ETA que atentaron en la T-4 del aeropuerto de Madrid-Barajas.  El fallo concluyó que España vulneró la prohibición de tratos inhumanos o degradantes que recoge el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Cuatro de los siete votaron a favor de que España indemnice a los dos demandantes, Igor Portu Juanenea y Martín Sarasola Yarzabal, con 30.000 y 20.000 euros, respectivamente, por daños morales. Un mes más tarde, condenó a España por imponer prisión a dos personas que quemaron fotos de los Reyes. 

En referencia al terrorismo en España, el TEDH también tumbó en 2013 la conocida doctrina Parot, que consistía en aplicar los beneficios penitenciarios sobre cada una de las penas impuestas al recluso y no sobre el máximo legal permitido. Esta situación motivaba que terroristas condenados a penas milenarias y con decenas de asesinatos a sus espaldas quedaran libres tras haber cumplido menos de 20 años de cárcel por hacer yoga, manualidades o estudiar en la cárcel. 63 terroristas lograron salir de prisión gracias a esta anulación. Junto a ellos abandonaron la cárcel una quincena de delincuentes comunes con más de dos condenas, entre quienes se encontraban los violadores del portal, del ascensor y del estilete, o el asesino de las niñas de Alcàsser, Miguel Ricart. 

En 2017, la Corte de Estrasburgo concluyó que el Tribunal Supremo no podía condenar a un año de inhabilitación y a una multa de 12.000 euros al que fuera presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa. El caso se remonta a 2008, cuando el Supremo falló contra el nacionalista vasco y dos miembros de la Mesa de esta Cámara, Kontxi Bilbao y Gorka Knorr, por negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, sucesor de Batasuna.

No es la primera vez tampoco que el TEDH da la razón a Otegi. Ya lo hizo en marzo de 2011, cuando condenó a España por vulnerar el derecho a la libertad de expresión del que fuera portavoz de Batasuna cuando fue condenado a un año de prisión por llamar al Rey "jefe de los torturadores".

Peor hay más sentencias insólitas en contra de España. La primera condena a España por malos tratos se remonta a 1992, cuando 15 independentistas radicales fueron detenidos poco antes de la celebración de los Juegos Olímpicos de Barcelona. Los denunciantes aseguraron haber sufrido torturas y malos tratos tanto durante su estancia en dependencias de la Guardia Civil. En 2016, el Tribunal también condenó a nuestro país por, supuestamente, no ofrecer un juicio justo a un ciudadano, Jorge Gómez Olmeda, que fue condenado por un delito continuado de calumnias sin haber sido escuchado por un tribunal. Ese mismo año, le concedió el amparo a un condenado por pedofilia huído de Sevilla. El demandante, de 41 años, había solicitado una indemnización de 134.805 euros por haber tenido que «vivir en clandestinidad hasta la prescripción de la pena» y «fuera de ley En materia de inmigración, el Tribunal de Estrasburgo dictó en contra de España por las conocidas “devoluciones en caliente” en las fronteras de Ceuta y Melilla. 

A otros países también les ha afectado sus sentencias. Condenó a Francia por no reconocer a hijos fruto de la maternidad subrogada, avaló desconectar a dos menores de edad enfermos en ReIno Unido y Francia pese a la oposición de sus padres o dictó sentencia en contra de Italia por no reconocer los derechos de los gays

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