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El juez ratifica la totalidad de las medidas sanitarias adoptadas para Alcoba de los Montes (Ciudad Real)

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11:14

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Ciudad Real (en funciones de guardia) ha dictado Auto, con fecha 28 de agosto, por el que se ratifican la totalidad de las medidas sanitarias adoptadas este viernes para Alcoba de los Montes para frenar la expansión de casos por coronavirus por Resolución del delegado provincial de Sanidad en Ciudad Real.

Las medidas sanitarias se ratifican judicialmente para un plazo inicial de 14 días y a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad. Dicha medida temporal de 14 días podrá ser prorrogable, y en caso de que se adopte la prórroga necesitará de una nueva ratificación judicial.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Ciudad Real ha sido el que ha dictado el Auto correspondiente por estar en funciones de guardia y haberse solicitado la ratificación de las medidas en horas inhábiles (con carácter general la competencia le corresponde a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo).

El Auto de ratificación de medidas sociosanitarias ha sido notificado al Ministerio Fiscal, a la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real, al Ayuntamiento de Alcoba de los Montes, y a la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real.

Alcoba de los Montes es la sexta población de la provincia donde se ha tenido que adoptar esta serie de medidas complementarias, tras Arroba de los Montes, Alcázar de San Juan, Campo de Criptana, Membrilla y Bolaños de Calatrava. Estas medidas especiales ya se han levantado en Arroba de los Montes.

MEDIDAS

A través de una Resolución, se propone el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales, según ha informado la Junta en nota de prensa.

Asimismo, la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50 por ciento del máximo que estuviera establecido previamente.

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.

Además, se suspende la actividad en los Centros de Día y las visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas y centros sociosanitarios.

Las actividades religiosas limitarán su aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual. El número de personas en velatorios y cortejos fúnebres serán de un máximo de 10 personas. Se restringe el número de personas en eventos sociales como bodas, bautizos y comuniones a un máximo de 25.

Asimismo, se suspende la celebración de mercadillos y mercados al aire libre y se procede al cierre de parques y jardines con el objetivo de evitar cualquier aglomeración de personas que pueda suponer un riesgo para la transmisión del virus.

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Por último, se recuerda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

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