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JUICIO PROCÉS

Forcadell se desvincula de la organización del 1-O y de aprobación de la DUI

La expresidenta de Parlament Carme Forcadell se ha desvinculado de la organización del 1-O al alegar que no participó en la decisión de convocarlo ni en su organización, así como de la aprobación de la declaración de independencia (DUI), que llegó al pleno a petición de los grupos, sin tener "voto decisorio".,Así lo expone Forcadell en el recurso, al que ha tenido acceso Efe, en el que pide su absolución en el juicio a la cúpula al "procés" que se celebrará en las próxi

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 12:37

La expresidenta de Parlament Carme Forcadell se ha desvinculado de la organización del 1-O al alegar que no participó en la decisión de convocarlo ni en su organización, así como de la aprobación de la declaración de independencia (DUI), que llegó al pleno a petición de los grupos, sin tener "voto decisorio".

Así lo expone Forcadell en el recurso, al que ha tenido acceso Efe, en el que pide su absolución en el juicio a la cúpula al "procés" que se celebrará en las próximas semanas en el Tribunal Supremo, en el que afronta una petición fiscal de 17 años de cárcel.

En el escrito, su abogada, Olga Arderiu, denuncia que la causa busca "criminalizar" a la expresidenta del Parlament "exclusivamente" por haber sido presidenta de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) -entre 2012 y 2015-, pese a que, en el ejercicio de su cargo en la cámara, "jamás participó, ni pudo participar" en la toma y ejecución de las decisiones adoptadas por el Govern vinculadas al proceso independentista.

En este sentido, Forcadell esgrime que, como presidenta del Parlament, no participó en la "toma de decisión de convocar un referéndum" ni tampoco intervino "de ninguna forma" en la "dirección, promoción, preparación y/o ejecución" del 1-O.

También argumenta que cuando el 6 y 7 de septiembre de 2017 los grupos de JxSí y la CUP pidieron modificar el orden del día del pleno para debatir y votar las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica, no tenía "ningún poder" sobre su tramitación.

Al constituirse el pleno, alega Forcadell, éste deviene "el órgano supremo" y ni la presidenta ni la Mesa "ostentan facultad alguna para limitar la potestad de la cámara de introducir elementos de debate, ni pueden determinar el contenido o el resultado de dicho debate ni la consiguiente votación".

Según el escrito, fue el pleno, como "órgano supremo" del Parlament, el que acordó la inclusión en el orden del día del debate, votación y aprobación de dichas leyes, "sin que la Mesa tuviera facultad de limitar sus decisiones".

Es más, según la defensa, Forcadell estaba "obligada" a proseguir con la tramitación acordada por el pleno, "en aras de acatar su deber" de cumplir con el reglamento del Parlament y preservar los derechos y facultades de los diputados.

De la misma manera, el 27 de octubre, cuando el Parlament aprobó la declaración unilateral de independencia, Forcadell alega que la Mesa no tenía facultad para limitar el debate de los diputados, pese a que avisó de que la iniciativa podía encontrarse afectada por las advertencias del Tribunal Constitucional.

Sobre la declaración unilateral de independencia (DUI), Forcadell resalta que ella, como presidenta del Parlament, y la Mesa llevaron a cabo en todo momento una actuación "plenamente acorde" con el reglamento de la cámara y que además no tuvo "voto decisorio" en ninguna de las votaciones para la admisión a trámite de la propuesta.

También puntualiza que en realidad no se votó la declaración de independencia, ya que figuraba en el preámbulo de una resolución, y que la secretaria primera de la Mesa hizo constar en acta antes de la votación que el texto no tenía "efectos jurídicos".

En este sentido, resalta que la resolución no se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat, pese a que dos grupos (JxSí y CUP) lo solicitaron, aunque se rechazó esa propuesta porque no cumplía con el reglamento de la cámara.

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En su escrito, Forcadell denuncia el intento del Tribunal Constitucional de decidir sobre lo que se podía o no se podía debatir en la cámara, lo que considera una actuación "absolutamente impropia" en un Estado democrático.

No obstante, puntualiza que sus funciones como presidenta de la cámara catalana eran "absolutamente ajenas y diferenciadas" tanto de las iniciativas de los grupos parlamentarios como del Govern.

"Los grupos parlamentarios tienen iniciativa parlamentaria y son los protagonistas de toda la actividad legislativa del Parlament, siendo ellos, junto con el gobierno, y en algunos casos la ciudadanía, los únicos titulares de la iniciativa legislativa", argumenta Forcadell.

Además, advierte de que es la Junta de Portavoces, representada por los portavoces de todos los grupos, la que define el orden del día y el contenido de los debates parlamentarios, eliminando así la función política de presidenta y la Mesa a la hora de determinar el contenido del debate parlamentario.

"Son los grupos parlamentarios, como representantes políticos de la ciudadanía, los que definen de 'qué' se debate, 'cuándo' se debate y hasta 'cómo' se debate en sede del Parlamento", arguye.

También alega que las propuestas parlamentarias no pueden ser valoradas previamente en relación con su constitucionalidad, ya que constituyen una iniciativa de debate parlamentario y en el sistema democrático "el Parlamento es la sede natural del debate político, sin que el eventual resultado del mismo pueda condicionar la viabilidad de que se produzca".

Por este motivo, Forcadell destaca que optó "siempre" por cumplir su "obligación" de preservar los derechos a la libertad de expresión y representación política de los diputados así como su deber de facilitar el debate político en el ámbito parlamentario.

En el escrito, la acusada resalta que es una persona "absolutamente pacifista" que no llamó a la movilización para evitar la actuación policial el 1-O, ya que "antes abandonaría sus ideas que permitir ningún acto violento".

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