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La familia de las víctimas del doble crimen de Almonte piden recurso de amparo al Tribunal Constitucional

La familia de las víctimas del doble crimen de Almonte piden recurso de amparo al Tribunal Constitucional

Europa Press

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 17:05

La familia de las víctimas del doble crimen de Almonte (Huelva) en el que murieron un padre y su hija de ocho años en 2013 han presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) para que se anule el auto del Tribunal Supremo (TS) que no admite el recurso de nulidad presentado ante el Alto Tribunal y que supone que no le da la razón tras las sentencias de absolución al único procesado por los hechos.

Según reza el documento del recurso de amparo al que ha tenido acceso Europa Press, éste se presenta para conseguir la nulidad del auto del TS de febrero que no admitió el recurso de nulidad interpuesto por la familia sobre la sentencia referida a la no estimación del recurso de casación interpuesto al Alto Tribunal por la familia ante la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que absolvió al único encausado por los hechos, porque entiende que existe una "infracción del artículo 24 de la Constitución acerca de la tutela judicial efectiva".

Así, el letrado que representa a la familia, Luis Romero, recoge en el mismo, según ha avanzado este martes el diario Huelva Información, que ha sido vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva en varias vertientes, como la referida al recurso no admitido por el TS ya que el Alto Tribunal "incurre en un formalismo excesivo que lesiona el derecho a la tutela judicial".

Por lo tanto, entiende que, "como ha establecido el Tribunal Constitucional, el derecho al recurso forma parte del derecho de acceso al proceso" para obtener "una resolución fundada en Derecho, sea favorable o desfavorable".

Igualmente el escrito recoge que "se vulnera el derecho fundamental a la tutela efectiva del artículo 24 de la Constitución por falta de motivación del auto" del TS que no admitió el recurso de nulidad. Así el letrado ha expresado que el auto se limita "a no admitir que otra sección de dicha Sala sea la que resuelva nuestro incidente y a exponer que hemos reproducido el recurso de apelación presentado ante el TSJA en vez de denunciar y argumentar la vulneración de derechos fundamentales".

Según reza en el documento, "no es cierto lo que se manifiesta en dicho fundamento de derecho", pues la acusación particular "expuso con detalle en su recurso de nulidad los motivos por los cuales entiende que por parte de la Sala Segunda del TS se ha vulnerado la tutela judicial efectiva con la sentencia dictada", ya que la misma "no resolvía todos los planteamientos del recurso de esta acusación particular ni tampoco los expuestos en el escrito de adhesión del Ministerio Fiscal".

Romero también ha explicado en el documento que "este recurso de amparo se presenta igualmente contra la sentencia del Tribunal Supremo por vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 por falta de motivación de dicha resolución en base a los argumentos --que ya fueron expuestos en el recurso de nulidad-- de que la sentencia dictada por la Sala Segunda del TS no está suficientemente motivada" debido a que no responde "adecuadamente a todos los planteamientos efectuados" por la acusación particular "en su recurso de casación ni tampoco a los argumentos expuestos en su escrito de adhesión por el Fiscal del Tribunal Supremo".

"Por ello --prosigue en el recurso de amparo--, se incurre por esta Sala en los mismos errores que anteriormente cometieron tanto el Tribunal del Jurado en su veredicto como la Audiencia Provincial de Huelva y la Sala de lo Civil y Penal del TSJA en sus sentencias".

En dicho recurso la acusación particular desgrana además los fallos que a su entender se cometieron durante todo el proceso judicial desde la primera sentencia absolutoria del jurado popular de la Audiencia Provincial de Huelva, hasta la sentencia de absolución del TS que ratificó la sentencia igualmente absolutoria del TSJA que ratificó la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva.

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