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JUICIO PROCÉS

El falso testimonio, un delito castigado con hasta 2 años de cárcel

El juicio del "procés" ha entrado hoy en un nuevo terreno, el de la posibilidad de deducir falso testimonio a uno de los testigos, un delito castigado en el Código Penal con penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.,El fiscal Jaime Moreno ha perdido la paciencia con el testigo Jaume Mestre, responsable de Difusión de la Generalitat, ante sus aparentes evasivas y respuestas inconcretas cuando le preguntaba por los pagos de los anuncios del 1-O

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:35

El juicio del "procés" ha entrado hoy en un nuevo terreno, el de la posibilidad de deducir falso testimonio a uno de los testigos, un delito castigado en el Código Penal con penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.

El fiscal Jaime Moreno ha perdido la paciencia con el testigo Jaume Mestre, responsable de Difusión de la Generalitat, ante sus aparentes evasivas y respuestas inconcretas cuando le preguntaba por los pagos de los anuncios del 1-O por el Gobierno catalán.

El presidente del tribunal, Manuel Marchena, ya había advertido al testigo de la posible responsabilidad penal de los testigos que mienten, pero también de aquellos que responden "con inexactitudes o respuestas evasivas".

Para los primeros, el Código Penal establece en su artículo 458 las citadas penas de hasta dos años de cárcel y a los segundos se les puede castigar, según el artículo 460, con penas de multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años.

Al terminar su interrogatorio, el fiscal ha pedido que se deduzca falso testimonio al juzgado de guardia, si bien Marchena ha respondido que el tribunal no puede valorar ahora si ha dicho la verdad o no, pero que lo valorará en sentencia.

El Código Penal plantea que quedarán exentos de pena aquellos que, tras prestar falso testimonio, se retracten en tiempo y forma, manifestando la verdad para que surta efecto antes de que se dicte sentencia en el proceso de que se trate.

No se trata del primer incidente con testigos que se produce en el juicio del "procés", pues los exdiputados Antonio Baños y Eulalia Reguant se negaron a responder a las presuntas de la acusación de Vox, con lo que fueron multados con 2.500 euros de multa y se exponen a una investigación por un delito de desobediencia.

Porque la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a los testigos a comparecer cuando sean citados, a responder a las preguntas y a decir la verdad.

Están eximidos aquellos que sean familiares de los acusados o quienes estén siendo investigados en otro procedimiento, aunque en el juicio del "procés" varios de los imputados en el Juzgado de instrucción número 13 de Barcelona por el 1-O han declarado, sin ir más lejos Antonio Royo, exjefe del Diplocat, que lo ha hecho hoy.

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