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CASO NIEMEYER

Defensas piden al TS revocar las penas del caso Niemeyer y Fiscalía se opone

Las defensas de los condenados por el caso Niemeyer han reclamado este martes ante el Tribunal Supremo (TS) la revocación de la sentencia condenatoria por la que la Audiencia Provincial de Asturias impuso penas de hasta ocho años de cárcel a dos directivos y un agente de viajes mientras que la Fiscalía se ha opuesto a sus argumentos.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 15:53

Las defensas de los condenados por el caso Niemeyer han reclamado este martes ante el Tribunal Supremo (TS) la revocación de la sentencia condenatoria por la que la Audiencia Provincial de Asturias impuso penas de hasta ocho años de cárcel a dos directivos y un agente de viajes mientras que la Fiscalía se ha opuesto a sus argumentos.

El ex director general de la Fundación Niemeyer, Natalio Grueso, el ex secretario general, José Luis Rebollo, y el exagente de Viajes El Corte Inglés José María Vigil fueron condenados por la emisión de facturas falsas o manipuladas.

El tribunal de la Sala Segunda ha celebrado esta mañana la vista de los recursos de casación contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial que en 2020 consideró probado que Grueso, Rebollo y Vigil causaron unos daños y perjuicios a la Fundación Niemeyer durante la gestión del ex director general por importe de 78.819 euros.

En la vista de hoy, las partes han tenido 20 minutos cada una para exponer sus argumentos, donde han reiterado las tesis expuestas en sus recursos de casación y a las que se ha opuesto la Fiscalía.

La Fiscalía ha reiterado que existió un conjunto de pruebas, testificales, periciales, documentales que refrendaba la sentencia condenatoria como ya expuso en un recurso de casación que consta de cien folios y donde va desgranando, de forma minuciosa, la participación de cada uno de los acusados.

Por su parte, la Fundación Niemeyer, que durante el juicio ejerció la acusación particular, hoy no ha comparecido al acto de la vista y dio traslado a la Sala del acuerdo adoptado por el Patronato, el 17 de septiembre de 2020, por lo que queda a la espera de recibir la notificación de la sentencia.

La defensa de Natalio Grueso ha alegado un error en la valoración de la prueba y quebrantamiento de forma porque ha asegurado que la sentencia que le condenó a ocho años de cárcel por los delitos continuados de malversación de caudales públicos, falsedad documental y societario cometidos durante su gestión al frente del equipamiento cultural de Avilés es contraria a Derecho.

Su letrado ha afirmado que, entre otros motivos, la Audiencia Provincial no expresó de forma clara los hechos que se consideran probados.

Por su parte, José Luis Rebollo, condenado a dos años de cárcel, que fue quien pidió la celebración de la vista del recurso, se ha defendido a sí mismo y ha dicho que no se tuvo en cuenta la prueba documental que aportó, entre la que figuraban varias actas de la Fundación, un informe de auditoría del año 2011, el análisis de las cuentas de Viajes El Corte Inglés, principal proveedor del centro cultural avilesino, el ajuste contable en la memoria y varios correos electrónicos.

El abogado Antonio Pineda ha mantenido que la Audiencia no tuvo en cuenta la función privada de la Fundación a la hora de enjuiciar a su representado, José María Vigil, condenado a siete años y medio de prisión por un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso medial con un delito continuado de falsedad documental, así como por otro delito continuado de estafa en concurso con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Su recurso se apoya en el argumento de que, si la función indiscutible de la Fundación Niemeyer es privada, como figura en la escritura de constitución, no puede haber malversación de caudales públicos, por lo que el tribunal no tuvo en cuenta esa diferencia sustancial entre la función pública y la privada a la hora de calificar los hechos e imponer una pena en sus arcos mayores. EFE

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