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El CGPJ aprueba el reglamento de retribuciones por objetivos de los jueces

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado hoy el reglamento de retribuciones variables por objetivos de la carrera judicial y ha avalado el acuerdo con el Ministerio de Justicia que permite medir la carga de trabajo que pueden asumir los órganos judiciales.,El reglamento establece un sistema de determinación de los objetivos de rendimiento en cada destino de la carrera judicial, informa el CGPJ.,Tiene en cuenta no solo los valores asignados para ca

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:48

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado hoy el reglamento de retribuciones variables por objetivos de la carrera judicial y ha avalado el acuerdo con el Ministerio de Justicia que permite medir la carga de trabajo que pueden asumir los órganos judiciales.

El reglamento establece un sistema de determinación de los objetivos de rendimiento en cada destino de la carrera judicial, informa el CGPJ.

Tiene en cuenta no solo los valores asignados para cada resolución, materia y procedimiento, representativos del tiempo medio de dedicación necesario para resolver cada asunto, sino también otros criterios que recogen circunstancias y aspectos que inciden en el ejercicio de la función jurisdiccional.

Este acuerdo es consecuencia de las sentencias del Tribunal Supremo que anularon el reglamento de 2003 de tal forma que no había una norma que estableciera el sistema de determinación de los objetivos de rendimiento correspondiente a cada destino.

La elaboración del texto aprobado por el Pleno del CGPJ por 19 votos a dos arrancó en 2015 y en ella han participado los órganos técnicos del Consejo, las asociaciones judiciales y 459 jueces y magistrados que colaboraron realizando pruebas piloto.

Por otra parte el Pleno del CGPJ ha dado por unanimidad su visto bueno al acuerdo alcanzado con el Ministerio de Justicia sobre los criterios que permiten medir la carga de trabajo que pueden asumir los órganos judiciales.

De esta forma la medición del número de asuntos que pueden soportar los juzgados y tribunales será uno de los indicadores que se tendrán en cuenta para crear nuevos órganos, aumentar el número de plazas judiciales y aprobar refuerzos y planes de urgencia.

La entrada en vigor de los nuevos módulos se producirá tras la firma del acuerdo por el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes, y la ministra de Justicia, Dolores Delgado.

Los módulos vigentes fueron establecidos en 2003 y el tiempo transcurrido así como la variación que se ha producido en las cargas de trabajo como consecuencia de las reformas legislativas y de las desviaciones derivadas de la entrada de determinados tipos de asuntos, como los relacionados con las cláusulas abusivas de las entidades financieras, han hecho necesaria su actualización.

Se han tenido en cuenta las medidas de refuerzo adoptadas, las situaciones de sobrecarga y las peticiones de creación de nuevas plazas realizadas por el CGPJ y por los tribunales superiores de Justicia de las comunidades autónomas.

El número de entrada de asuntos que se fija en el acuerdo es el general para todo el conjunto nacional por cada tipo de órgano y será el principal instrumento de medición empleado para determinar la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales.

También podrán tenerse en cuenta otros criterios derivados de circunstancias concretas, como ocurre por ejemplo cuando la realidad socio-económica del partido judicial influye de forma permanente en el tipo de asuntos que ingresan en los juzgados.

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La superación del módulo no conllevará de forma automática la obligación de crear nuevos órganos o la ampliación de las plazas judiciales, ya que son decisiones que dependerán de la disponibilidad presupuestaria del Ministerio de Justicia y de las comunidades autónomas con competencias transferidas.

En todo caso para la toma en consideración de la necesidad de crear nuevos órganos o plazas será necesaria la superación del módulo en más de un 30 por ciento de media durante los cinco años anteriores.

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