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Audiencia estudia en junio absolución por acoso a niños de Montero e Iglesias

La Audiencia Provincial de Madrid estudiará el próximo 6 de junio la absolución del periodista de Ok Diario Alejandro Entrambasaguas de un delito de acoso a los hijos menores de la ministra de Igualdad, Irene Montero, y del exvicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias, y a su cuidadora.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:17

La Audiencia Provincial de Madrid estudiará el próximo 6 de junio la absolución del periodista de Ok Diario Alejandro Entrambasaguas de un delito de acoso a los hijos menores de la ministra de Igualdad, Irene Montero, y del exvicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias, y a su cuidadora.

Será la sección séptima de la Audiencia la encargada de analizar el recurso que presentaron Montero e Iglesias contra la absolución del acusado, para quien la Fiscalía pedía un año de prisión, según han informado a Efe fuentes jurídicas.

El tribunal ha fijado para el 6 de junio la vista de deliberación y fallo del recurso, si bien es previsible que la decisión de la sala no se conozca hasta unos días después, explican las fuentes.

A Entrambasaguas se le acusó de acosar, entre noviembre y diciembre de 2019, a los dos niños de 17 meses y a su cuidadora al llamarla reiteradamente, también a través del telefonillo de la vivienda en la que estaban los menores y entrar en zonas comunes de la urbanización, a veces con cámaras.

Sin embargo, el juzgado de lo Penal número 30 de Madrid entendió que estos actos no permitían considerar "la existencia de hostigamiento aunque generasen una inquietud muy relevante a la cuidadora y a los padres de los menores".

"Dada la repercusión pública de los progenitores por tener cargos políticos de notoria relevancia el acusado, en su condición de periodista, pretendía iniciar una investigación sobre las condiciones en las que se desarrolla la actividad profesional de la cuidadora y su relación con aquellos", indicó el juez.

Para el juez, la cuidadora "fue la única agraviada, es decir la única que soportó los actos de acercamiento y de comunicación no consentidos del acusado y por lo tanto la única que tenía la facultad de decidir si se abría o no un proceso penal", si bien "la interposición de la querella por Irene Montero y Pablo Iglesias" la "privó" de "esta facultad pues ellos decidieron por ella".

Pablo Iglesias e Irene Montero aseguraron en el juicio que temieron por la seguridad de los niños porque no sabían hasta dónde llegaría el periodista y, tras conocer la sentencia absolutoria, anunciaron que la recurrirían.

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