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Audiencia archiva una pieza de Invercaria al deslegitimar a PP como acusación

La Audiencia Provincial de Sevilla ha archivado la pieza separada de la macrocausa Invercaria relativa a los 1,4 millones concedidos a Kandor Graphics para realizar una película, una vez que el PP-A se quedó como única acusación tras la retirada de la Fiscalía Anticorrupción, Idea e Invercaria.,En un auto fechado el 7 de abril al que ha tenido acceso Efe, la Sección Séptima confirma la "falta de legitimación" del PP-A "para sostener la acusación" popular y decreta el sobre

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:50

La Audiencia Provincial de Sevilla ha archivado la pieza separada de la macrocausa Invercaria relativa a los 1,4 millones concedidos a Kandor Graphics para realizar una película, una vez que el PP-A se quedó como única acusación tras la retirada de la Fiscalía Anticorrupción, Idea e Invercaria.

En un auto fechado el 7 de abril al que ha tenido acceso Efe, la Sección Séptima confirma la "falta de legitimación" del PP-A "para sostener la acusación" popular y decreta el sobreseimiento libre de la causa por "inexistencia de una acusación pública o particular que dirija la acción penal" contra Tomás Pérez-Sauquillo, expresidente de Invercaria, y el administrador de Kandor, que fueron procesados por presunta malversación y prevaricación.

Durante una vista previa celebrada el pasado 24 de marzo a instancias del tribunal para decidir si el caso se archivaba o iba a juicio, Anticorrupción tildó de "esquizofrénica" la actuación de la Junta de Andalucía en la macrocausa y lamentó que pidiese el archivo a través de Invercaria y al mismo tiempo acusase a través del PP, que cogobierna la comunidad.

Tanto Anticorrupción como Inverseed, sociedad que ha recogido el trabajo de Invercaria, y la agencia también pública Idea, además de las defensas de los dos únicos encausados, pidieron a la Audiencia que la causa fuese archivada basándose en la doctrina Botín, según la cual una causa no puede continuar cuando la acusación pública y el presunto perjudicado consideran que no ha existido ningún delito.

El PP, por su parte, solicitó que hubiese juicio.

En el auto, facilitado por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Séptima lamenta que el juez instructor "bien pudo y debió entrar a analizar" la posible falta de legitimación del PP antes de que la causa llegase a la Audiencia.

La Audiencia recuerda que el interés público estaba representado en esta causa por Anticorrupción, mientras que el particular lo estaba por las dos empresas públicas "supuestamente dañadas" por la comisión de los presuntos delitos.

Ninguna de esas tres acusaciones, prosigue la Sección Séptima, "han sostenido" que los procesados cometiesen los supuestos actos delictivos.

La Sala no aprecia "intereses supraindividuales dignos de protección y no susceptibles de defensa particular que justifiquen la intervención del PP-A como acusación popular".

Tampoco advierte "un interés general digno de protección que no haya sido defendido por quienes ostentan la acción pública y particular" ni que el PP-A actúe "en virtud de un vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado" en este procedimiento.

Además, en consonancia con la crítica expuesta el 24 de marzo por Anticorrupción, la Sala expone que "no puede olvidarse que la acusación popular en este proceso la ejerce un partido político que ostenta el gobierno de la supuesta perjudicada, la Junta de Andalucía, cuyos intereses están defendidos por las dos acusaciones particulares", es decir, Idea e Invercaria, que "no han apreciado la comisión de delito alguno".

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