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Archivan la denuncia de una diputada riojana a un compañero por acoso laboral

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha dictado un auto en el que acuerda no admitir a trámite y archiva la denuncia presentada por la diputada regional no adscrita Rebeca Grajea por un delito de acoso laboral contra el portavoz parlamentario de Ciudadanos, Diego Ubis.,El TSJR, en una nota, ha señalado este jueves que la Sala ha ordenado el archivo de la denuncia, sobre el que la Fiscalía también informó a favor, por no darse lo

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 18:12

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha dictado un auto en el que acuerda no admitir a trámite y archiva la denuncia presentada por la diputada regional no adscrita Rebeca Grajea por un delito de acoso laboral contra el portavoz parlamentario de Ciudadanos, Diego Ubis.

El TSJR, en una nota, ha señalado este jueves que la Sala ha ordenado el archivo de la denuncia, sobre el que la Fiscalía también informó a favor, por no darse los elementos del tipo penal del delito denunciado.

En el auto se concluye que los hechos de la denuncia no pueden ser constitutivos de un delito de acoso laboral por no existir una relación laboral entre ambos ni tampoco se da una superioridad con prevalencia de Ubis sobre Grajea, exdiputada de Ciudadanos y ahora diputada no adscrita.

También se argumenta en el auto que Grajea y Ubis son parlamentarios riojanos y, según el Reglamento de la Cámara, "entre los diputados no existe una relación laboral ni funcionarial, siendo autoridades que desempeñan la función representativa parlamentaria en condiciones de igualdad".

Se explica en la resolución que, para que concurra el supuesto de acoso laboral, los actos que Grajea califica de "vejatorios y habituales" deben darse en "el ámbito de una relación laboral o funcionarial" y que "el sujeto activo tenga y se prevalga de su relación de superioridad".

La Sala, en cuanto al contrato de trabajo como directiva de organización de interés social que aporta Grajea, señala que ese contrato está suscrito con el Grupo Parlamentario al que pertenecía en esa fecha -Ciudadanos- y no con Ubis a título individual.

El auto indica que la denunciante describe hechos que ponen de manifiesto "el mal ambiente entre ambos compañeros con incidentes subidos de tono y expresiones desafortunadas" por parte de Ubis hacia Grajea.

El Tribunal, al igual que argumentó en su informe el fiscal, estima que son discusiones e incidentes de índole interna dentro del Grupo Parlamentario, "pero ajenas a la condición de trabajadora de la denunciante".

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