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SENTENCIA ESTAFA

Absuelto acusado de vender 13 halcones y no entregarlos a un sultán de Dubai

La Audiencia Provincial de Valladolid ha absuelto a un hombre de 54 años, Antonio E.R.F., acusado de falsedad en documento mercantil y estafa procesal en grado de tentativa supuestamente cometidos con la venta de 13 halcones a un sultán de Dubái a través de un intermediario., Los animales nunca fueron enviados a Emiratos Árabes desde la localidad vallisoletana donde fueron criados porque el comprador no acudió a recogerlos, lo que dio lugar a un pleito civil que desemb

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 13:21

La Audiencia Provincial de Valladolid ha absuelto a un hombre de 54 años, Antonio E.R.F., acusado de falsedad en documento mercantil y estafa procesal en grado de tentativa supuestamente cometidos con la venta de 13 halcones a un sultán de Dubái a través de un intermediario.

Los animales nunca fueron enviados a Emiratos Árabes desde la localidad vallisoletana donde fueron criados porque el comprador no acudió a recogerlos, lo que dio lugar a un pleito civil que desembocó en la resolución del contrato y la condena al vendedor a devolver el dinero percibido.

A raíz de ese procedimiento se dedujo testimonio contra el cetrero y se le abrió un procedimiento penal por la supuesta comisión de delitos de falsedad en documento mercantil y estafa procesal en grado de tentativa, han informado este jueves fuentes del TSJCyL.

La Sección Cuarta de la Audiencia vallisoletana ha considerado que en las modificaciones introducidas por el vendedor en la factura aportada al Juzgado en el pleito civil no existe "la menor intención de engañar a nadie, y menos al juzgador" que se ocupó de la causa civil.

Ha argumentado en este sentido que el precio de 18.300 euros es el precio que todas las partes han admitido que fue finalmente acordado.

"No se ha intentado engañar al juzgador del pleito civil con la aportación de la factura confeccionada", que reflejaba correctamente los datos de la relación comercial finalmente pactada.

Después se produjo el incumplimiento recíproco de las contraprestaciones de las partes, y ello ha acabado siendo resuelto en el ámbito civil, pero sin que aparezca que de lo sucedido deba derivarse responsabilidad penal alguna.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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