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El abogado de Urdangarin dice que el tercer grado empezará "muy pronto" y podrá estar con la familia

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17:54

El abogado de Iñaki Urdangarin, Mario Pascual Vives, ha afirmado este miércoles que Urdangarin "podrá empezar a disfrutar de su tercer grado muy pronto", y ha explicado que con el tercer grado podrá estar con su familia los fines de semana y tendrá más permisos ordinarios cada mes.

En declaraciones a Europa Press Televisión, Pascual Vives ha manifestado que "es un cambio de régimen y es muy importante", y que con el tiempo pedirán la libertad condicional, y ha asegurado que no parece que pueda haber un recurso porque el fiscal se adhirió a su recurso.

Ha declarado que "es una buena noticia", aunque lleven mucho tiempo pidiéndolo, y ha manifestado que todavía no ha podido hablar con él ni con ningún familiar, aunque intentará hablar con ellos lo antes posible.

TERCER GRADO

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León, con sede en Valladolid, ha estimado el recurso de Iñaki Urdangarin y le ha concedido el tercer grado penitenciario, por lo que sólo tendrá que dormir a diario en un Centro de Inserción Social y podrá disfrutar de los fines de semana.

La concesión del tercer grado es ya firme, ya que Fiscalía ha desistido de recurrir el auto judicial, por lo que el juez ha decretado la firmeza del mismo, según precisa el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

De acuerdo con esta decisión del Juzgado, Urdangarin, que se encuentra recluido en la prisión de Brieva (Ávila) desde junio de 2018, podrá trabajar fuera de prisión y regresar al Centro de Inserción Social de Alcalá de Henares (Madrid) para dormir a diario, mientras que podrá disfrutar de todos los fines de semana.

En un auto notificado a las partes, el magistrado revoca el acuerdo de Instituciones Penitenciarias, dictado por el director general de Ejecución Penal y Reinserción el pasado 30 de diciembre, por el que se acordaba el mantenimiento en segundo grado del recurrente, con aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

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