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Presidente de la JEC, en contra de autorizar a Junqueras sólo el acto del 19

El presidente de la Junta Electoral Central (JEC), Segundo Menéndez, ha expresado su discrepancia con la autorización al candidato de ERC Oriol Junqueras a participar telemáticamente sólo en un acto de campaña previsto para el día 19, puesto que los argumentos de Instituciones Penitenciarias no están expuestos "de manera tan detallada y precisa".,Así lo explica el presidente de la JEC en el voto particular que ha emitido junto a la vocal del organismo Inés Olaizola, en el

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 21:56

El presidente de la Junta Electoral Central (JEC), Segundo Menéndez, ha expresado su discrepancia con la autorización al candidato de ERC Oriol Junqueras a participar telemáticamente sólo en un acto de campaña previsto para el día 19, puesto que los argumentos de Instituciones Penitenciarias no están expuestos "de manera tan detallada y precisa".

Así lo explica el presidente de la JEC en el voto particular que ha emitido junto a la vocal del organismo Inés Olaizola, en el que ambos precisan que su disconformidad tiene que ver con la denegación de la autorización para los eventos de los días 18, 24 y 25 de abril.

Esquerra, la formación con la que el ex vicepresidente catalán concurre a las elecciones generales, había solicitado la intervención de éste en diversos debates y actos informativos programados para los días 11, 15, 18, 19, 24 y 25 de abril.

El rechazo a los dos primeros días lo justificó la JEC por la "premura de tiempo" con la que se planteó la solicitud, pero no cerró la puerta a la intervención en las jornadas restantes.

En la reunión de este martes, la Junta Electoral ha negado la participación de Junqueras todos los días menos el viernes 19 (una rueda de prensa organizada por la Agència Catalana de Noticies -ACN-), por lo que insta al centro penitenciario de Soto del Real a que facilite "las medidas oportunas" para que la intervención sea telemática.

El presidente de la JEC y la vocal del organismo indican en el voto particular que sus discrepancias parten de la idea de que "toda limitación al ejercicio de un derecho fundamental", como el que asiste a Junqueras en este caso, "debe fundarse en razones que hayan sido expuestas" a la Junta "de manera tan detallada y precisa que de ellas resulte, sin asomo de duda, la incompatibilidad".

Se refieren ambos a los informes de Instituciones Penitenciarias en los que desaconsejaba la participación de Junqueras, por cuanto, si se permitiera, se alteraría el funcionamiento de la prisión en la que el candidato de ERC se encuentra actualmente, la de Soto del Real, en Madrid.

Menéndez y Olaizola critican que los informes no aclaran cuánto tiempo estaría Junqueras en los debates cuya asistencia se pide, ni precisa si hay incompatibilidad de horarios.

Tampoco destacan los informes por qué en un horario concreto no se puede usar la sala de videoconferencia del centro, ni aportan el "más mínimo detalle" sobre los motivos que impiden el uso de las salas con conexión telefónica, salvo que ya están reservadas (sin decir en qué horas) por otros internos.

Los discrepantes concluyen que la incompatibilidad de la asistencia de Junqueras a las sesiones del juicio en el Tribunal Supremo y sus participaciones en los debates ya habría sido "por sí sola" razón para dejar "sin efecto" la autorización de la Junta Electoral.

Es decir, que los discrepantes abogan por haber dado la autorización y que fuera luego la obligación de acudir a los juicios la que neutralizara la decisión de la Junta.

También ha emitido voto discrepante el vocal Antonio Jesús Fonseca, pero en su caso para expresar su disconformidad con la autorización de participación en al acto de la ACN del día 19.

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