Sebastián Ramírez, abogado: "Pueden despedirte sin indemnización si revisas el móvil en horario laboral. El TSJ de Cantabria avala un caso con 411 accesos en un mes”

Un simple scroll en redes sociales durante la jornada laboral puede ser suficiente para que la empresa aplique un despido disciplinario sin indemnización

María Bandera

Publicado el - Actualizado

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El uso del teléfono móvil para fines personales durante la jornada laboral puede tener consecuencias graves para el trabajador, incluyendo el despido disciplinario sin derecho a indemnización. 

Así lo ha advertido el abogado Sebastián Ramírez, quien ha explicado a través de su cuenta de TikTok que los tribunales españoles están confirmando esta medida cuando la empresa logra demostrar un uso indebido y reiterado de los dispositivos.

Sentencias que marcan precedente

Un caso que sienta jurisprudencia es el del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que ha raatificó la expulsión de una trabajadora. 

La empleada, que desempeñaba funciones como auxiliar administrativa desde hacía nueve años, acumuló 411 accesos a redes sociales como Twitter, TikTok o Instagram en un solo mes, utilizando para ello el ordenador corporativo de la compañía.

La empresa inició un expediente sancionador en octubre de 2023, alegando un incumplimiento de la cláusula contractual que regula el uso de los dispositivos de la empresa. El tribunal consideró probado que existió un "uso reiterado y no autorizado de los recursos de la empresa para fines personales", lo que justificó plenamente el despido disciplinario.

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Empleado sorprendido recibiendo la notificación de despido del jefe

Estaba más centrada en otra cosa que en el trabajo""

Según ha explicado el abogado Sebastián Ramírez, el empresario defendió que, con ese volumen de accesos, la empleada "estaba más centrada en otra cosa que en el trabajo". 

Y aunque la cifra de más de 400 conexiones pueda parecer muy alta, Ramírez aclara que en realidad "no son tantas", ya que se traducen en "unas 20 veces al día", un comportamiento que puede ser más común de lo que parece.

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Una mujer en medio de un despido con una caja de cartón sale del lugar de trabajo desde la oficina de la empresa.

La clave: ruptura de la buena fe contractual

Este tipo de sentencias no son aisladas. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña también ha validado despidos en situaciones similares, al considerar que el uso privado y reiterado del teléfono o del ordenador de empresa supone una ruptura de la buena fe contractual. Este es el argumento legal que permite a las compañías aplicar la sanción más severa.

Usar el móvil en el trabajo te puede costar el puesto""

El abogado insiste en la principal consecuencia de esta falta. "Usar el móvil en el trabajo te puede costar el puesto", ha afirmado, pero de la peor manera posible. En estos supuestos se aplica un despido disciplinario, una modalidad que, según recuerda Ramírez, comporta perder "la indemnización por despido", aunque se mantiene el derecho a la prestación por desempleo (paro)  si se cumplen los requisitos.

Tipos de despido

Es importante diferenciar los tipos de despido que contempla la legislación laboral, recogida en el Estatuto de los Trabajadores

Por un lado, el despido objetivo se produce por causas económicas, técnicas u organizativas de la empresa, ajenas al empleado. 

Por otro, el despido disciplinario se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador, como puede ser el uso abusivo del móvil para fines personales.

 La indemnización por despido

Si el fin de la relación laboral se produce por un despido, al finiquito se le debe sumar la indemnización correspondiente. En un despido procedente, la ley establece una indemnización de 20 días por año trabajado, con un límite máximo de 12 mensualidades.

En el caso de un despido improcedente, las condiciones varían según la fecha del contrato. Para los contratos firmados antes de 2012, la indemnización es de 45 días por año trabajado, con un tope de 42 mensualidades. Para los contratos posteriores a esa fecha, la compensación es de 33 días por año, hasta un máximo de 24 mensualidades.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.