¿Me podrá obligar el Gobierno a bajar el precio del alquiler?: preguntas y respuestas sobre la ley de vivienda

¿Qué se entiende por gran y pequeño propietario? ¿Me van a subir el IBI si tengo mi vivienda vacía?

¿Me podrá obligar el Gobierno a bajar el precio del alquiler?: preguntas y respuestas sobre la ley de vivienda

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

5 min lectura

El Consejo de Ministros ha dado este martes su primer visto bueno al anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, que permite a las comunidades autónomas limitar el precio del alquiler en las zonas tensionadas a las empresas propietarias de más de diez viviendas.

Será la primera ley estatal que en España desarrolla el derecho a la vivienda, según ha destacado la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, lo ha celebrado con un vídeo en su cuenta de Twitter en el que lo considera una "buena noticia" y se declara "muy satisfecha por el trabajo realizado conjuntamente con el Ministerio de Transportes".

El texto, que el Gobierno pretende enviar al Congreso "antes de fin de año", seguirá ahora por la vía de urgencia un procedimiento de audiencia pública y de información pública, tras lo cual podría ser remitido al Consejo de Estado, han explicado a Efe fuentes del Ministerio de Transportes.

La regulación de los alquileres -que empezaría a afectar a los grandes tenedores 18 meses después de la entrada en vigor de la ley- ha sido el punto más conflictivo en la negociación que han mantenido durante casi un año los socios de gobierno.

Pero, ¿qué significa esto y cómo me puede afectar en el caso de que finalmente sea aprobado? ¿Me puede obligar el Gobierno a bajar el precio del alquiler de mi piso? ¿Qué se entiende por gran y pequeño propietario? ¿Me van a subir el IBI si tengo mi vivienda vacía? Damos respuesta a las preguntas más destacadas sobre este acuerdo en materia de vivienda alcanzada por el Gobierno de coalición.

¿ME PUEDE OBLIGAR EL GOBIERNO A BAJAR EL PRECIO DEL ALQUILER?

En primer lugar, hay que señalar que estas acciones de control sobre el mercado del alquiler sólo se llevarán a cambo en las zonas que se considere que están "tensionadas"; es decir, que haya precios muy alto para los alquileres y poca oferta de inmuebles. Esa decisión dependerá siempre de la Comunidad Autónoma y no del Gobierno. Tendrá que ser el gobierno autonómico que reclame que se considere a algunas zonas como "tensionadas" y puedan aplicarse estas medidas. La declaración de área tensionada se limitará a un periodo de tres años, prorrogable anualmente "siempre que subsistan las circunstancias que motivaron tal declaración". Es importante subrayar que el Gobierno sólo impondrá limitaciones de los precios a las personas jurídicas. Es decir, a las personas físicas no se les obligará a bajar el alquiler.

¿CÓMO SE VA A LIMITAR EL PRECIO DEL ALQUILER?

A los grandes propietarios se les obligará a bajar el precio del alquiler en base al índice de referencia para todos los contratos en zonas de mercado tensionado. ¿Y cómo se establece que una zona está 'tensionada'. Según El Mundo, las CC.AA. podrán recurrir, entre otros, los mapas de valores de uso residencial que elaborará la Dirección General del Catastro para los cambios en los valores de referencia de los inmuebles. "Entre las condiciones que pauta la futura ley como zona de mercado tensionado, se fija que el coste de la hipoteca o el alquiler (más gastos de suministros) supere el 30% de los ingresos medios de los hogares del ámbito. También se ponderará que el precio de compra o alquiler haya experimentado en los últimos cinco años una subida de, al menos, el 5% superior porcentaje de crecimiento del IPC de cada autonomía". Al pequeño propietario no se le obligará a bajar el precio, pero sí a aplicarle una fórmula de "congelación de precios e incentivos fiscales"

¿QUÉ ES UN GRAN Y UN PEQUEÑO PROPIETARIO?

El Gobierno entenderá por gran propietario a aquella figura jurídica que tenga diez o más pisos en propiedad. El 85% del mercado está bajo control de los pequeños propietarios y aunque una persona física tenga más de diez viviendas en propiedad tampoco se le considerará "gran propietario".

¿A QUÉ BENEFICIOS FISCALES ME PUEDO ACOGER SI SOY PEQUEÑO PROPIETARIO?

Las personas físicas se podrán beneficiar de incentivos fiscales por rebajar los precios de los alquileres. El más potente es conceder una bonificación de hasta el 90% a los caseros que aceptasen rebajar voluntariamente el precio sustancialmente por debajo de lo que marca el índice oficial de precios o respecto al anterior contrato.

La siguiente escala propone una bonificación del 70% si alquila por primera vez una vivienda en índices de referencia de zonas tensionadas y lo hace a una persona entre 18 y 35 años. Otra opción para llegar a esa bonificación es destinar la casa a alquiler social en un precio inferior a los programas públicos para personas en vulnerabilidad. Finalmente, se pauta un 60% para los casos de precios congelados pero que hayan acometido obras de rehabilitación y un 50% para el resto de casos.

¿ME VAN A SUBIR EL IBI SI TENGO UN PISO VACÍO?

El acuerdo PSOE - Podemos contempla también un recargo de hasta el 150% en el IBI para casos de viviendas vacías. Según de nuevo "El Mundo", el incremento mínimo para pisos desocupados será del 50% cuando, sin causa justificada, la vivienda lleve más de dos años vacía y pertenezca a un propietario que tiene cuatro o más inmuebles de uso residencial; del 100% cuando sean tres años (pudiendo modularse en función del periodo de tiempo de desocupación). Por último, está la opción de elevarlo un 50% adicional en caso de inmuebles cuyos propietarios tengan dos o más pisos en el mismo término municipal. Pero ojo, sólo se aplicará en los municipios que así lo determinen. Es decir, será una competencia local. No se considerarán pisos vacíos segundas residencias o casas que están vacías con motivos justificados.

¿Y QUÉ PASA CON LA VIVIENDA PROTEGIDA?

El pacto también contempla una novedad que afectará a los promotores de vivienda. A ellos se ñes obligará a una reserva del 30% de todas las promociones para vivienda protegida, una medida que recuerda a la que en su día aprobó el Ayuntamiento de Barcelona. Y, entre las casas que se construyan con apoyo público, al menos la mitad tendrán que destinarse al alquiler social. No obstante, se podrá permitir excepcionalmente una reserva inferior o eximirlas para determinados municipios

Programas

Último boletín

13:00H | 19 JUL 2025 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking