• Miércoles, 24 de abril 2024
  • ABC

COPE

Noticias

NORMATIVA DRONES

Nueva normativa europea sobre los drones entrará en vigor el 31 de diciembre

La nueva normativa europea sobre los drones, que entrará en vigor el próximo 31 de diciembre de 2020, no diferencia entre uso profesional o recreativo y distingue tres categorías operacionales basadas en el riesgo de la operación: "abierta", "específica" y "certificada". ,La nueva normativa comunitaria será, así, de aplicación a todas las operaciones de drones, independientemente de su masa y uso, ya sea profesional o recreativo, incluidos los aeromodelos, y exigirá el cum

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:45

La nueva normativa europea sobre los drones, que entrará en vigor el próximo 31 de diciembre de 2020, no diferencia entre uso profesional o recreativo y distingue tres categorías operacionales basadas en el riesgo de la operación: "abierta", "específica" y "certificada".

La nueva normativa comunitaria será, así, de aplicación a todas las operaciones de drones, independientemente de su masa y uso, ya sea profesional o recreativo, incluidos los aeromodelos, y exigirá el cumplimiento de una serie de requisitos técnicos y limitaciones operacionales que variarán en función del riesgo de la operación prevista.

Están excluidas de dicha regulación las operaciones de drones tanto realizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones como las de lucha contraincendios y búsqueda y salvamento, ha informado este miércoles la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en un comunicado.

Casi todos los usuarios de drones tendrán que registrarse y los pilotos tendrán que realizar un curso de formación y/o examen antes de poder utilizarlos.

AESA ha colaborado con la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (EASA) en la elaboración de un vídeo informativo sobre el uso de los drones en "categoría abierta", en la que "probablemente" se incluirá la mayoría de operaciones que hasta ahora se denominaban recreativas, así como muchas de las profesionales.

En esta categoría no se exige ninguna autorización o realizar ninguna declaración, pero el piloto debe mantener el dron siempre a la vista, volarlo a menos de 120 metros de altura y alejado de otras aeronaves, personas, entornos aeroportuarios y propiedades.

Como norma general, quienes vayan a utilizar un dron, independientemente de su uso, salvo algunas excepciones como la de los drones de menos de 250 gramos sin cámara, deberán registrarse en AESA para obtener su número de registro único.

Los drones que no cumplan con los requisitos de identificación de clase podrán seguir utilizándose en la categoría "abierta", teniendo en cuenta las limitaciones que marca la propia normativa para ello hasta el 1 de enero de 2023.

Además, antes de usar un dron es necesario comprobar las zonas geográficas definidas por AESA sobre dónde se puede volar y bajo qué condiciones.

De manera general y durante un período transitorio, las operaciones en "categoría abierta" no se permiten en zonas urbanas con las salvedades previstas en la normativa nacional.

Se plantea un nuevo esquema de formación para los pilotos basado en el riesgo de la operación y en las características de los drones.

Asimismo, como norma general, no se exigirá certificado médico para los pilotos en la categoría "abierta", si bien estos tendrán que estar en condiciones apropiadas para la operación. EFE

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

Directo Poniendo las Calles

Poniendo las Calles

Con "El Pulpo"

Escuchar