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El Gobierno permite compartir vehículo privado para actividades permitidas

El Gobierno permite desde este miércoles que dos personas compartan vehículo privado, una al volante y otra en el asiento de atrás, para realizar las actividades permitidas en el real decreto de estado de alarma del 18 de marzo, como ir al lugar de trabajo, a comprar alimentos, al banco o a repostar carburante. ,Así se plasma en una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) publicada hace unas horas en el BOE, que establece que podrán viajar en

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 18:02

El Gobierno permite desde este miércoles que dos personas compartan vehículo privado, una al volante y otra en el asiento de atrás, para realizar las actividades permitidas en el real decreto de estado de alarma del 18 de marzo, como ir al lugar de trabajo, a comprar alimentos, al banco o a repostar carburante.

Así se plasma en una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) publicada hace unas horas en el BOE, que establece que podrán viajar en vehículos de hasta nueve plazas una persona por cada fila de asientos, incluido el conductor, "manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes".

La secretaria general de Transportes y Movilidad, María José Rallo, ha subrayado, en la rueda de prensa del comité técnico del coronavirus, que desde hoy "en un vehículo privado pueden viajar dos personas, si van una adelante y otra atrás, siempre que sea para las actividades autorizadas en el real decreto, no para ocio o cualquier otro uso".

Las actividades autorizadas son: la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; los desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; el retorno al lugar de residencia habitual; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

También, los desplazamientos a entidades financieras y de seguros, los de causa de fuerza mayor o situación de necesidad y los de repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.EFECOM

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