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CARRETERAS AUTOPISTAS (Actualización)

El Gobierno eleva las sanciones por negligencia a las concesionarias

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto-ley sobre medidas urgentes en materia de carreteras que, entre otras cuestiones, eleva desde los 15.000 a los 300.000 euros las multas máximas previstas para sancionar a las concesionarias de autopistas de peaje por posibles negligencias.,Este cambio llega después de que Iberpistas fuera multada con 30.000 y 1.200 euros por el caos sucedido los días 6 y 7 de enero que dejó a

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:01

(Actualiza con el importe de las sanciones)

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto-ley sobre medidas urgentes en materia de carreteras que, entre otras cuestiones, eleva desde los 15.000 a los 300.000 euros las multas máximas previstas para sancionar a las concesionarias de autopistas de peaje por posibles negligencias.

Este cambio llega después de que Iberpistas fuera multada con 30.000 y 1.200 euros por el caos sucedido los días 6 y 7 de enero que dejó a miles de usuarios atrapados, en virtud de las sanciones previstas en la Ley de Carreteras vigente.

El real decreto-ley introduce varias modificaciones, con carácter de urgencia y en beneficio del interés público general, en la Ley de Carreteras, ha explicado el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, quien ha subrayado que tras lo ocurrido en enero se vio que era necesario actualizar el importe de las sanciones.

Para ello incluye la tipificación de una nueva infracción muy grave para sancionar la eventual negligencia de las empresas concesionarias cuando éstas ocasionan un perjuicio significativo a los usuarios y, además, concurren circunstancias por las que la actual infracción grave resulta insuficiente.

Se trata de que el régimen sancionador de las infracciones graves se vea reforzado y sea más proporcional al daño causado al usuario en esas situaciones, ha apuntado.

La urgencia de esta medida legal, según Fomento, se justifica por la proximidad en la aplicación de los planes de vialidad invernal por parte de las sociedades concesionarias, para tratar de garantizar la continuidad y la calidad del servicio prestado a los usuarios.

Por otra parte, la nueva normativa permite que, por razones de seguridad vial o medioambientales, se prohíba circular a determinados vehículos pesados en algunas carreteras convencionales y se les obligue a circular por las autopistas.

Estas medidas, que se desarrollarán posteriormente mediante convenios o reales decretos, se acompañarán con distintas bonificaciones a los transportistas y ya han demostrado su eficacia en los tramos en los que han sido implantados, reduciendo la siniestralidad en los mismos, según la misma fuente.

El real decreto modifica también la Ley de Carreteras para dar cobertura de rango legal al eventual cobro de peajes por parte la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (Seittsa), organismo dependiente de Fomento que ha asumido la explotación de las autopistas de peaje quebradas.

Hasta la fecha, el cobro de los peajes estaba amparado en contratos de concesión que ya se han extinguido y, por tanto, para continuar la explotación de estas autopistas, era necesario contar con una norma legal que permita a Seittsa los nuevos peajes que eventualmente apruebe el Gobierno.

El anterior ejecutivo del PP, tenía previsto relicitar las citadas autopistas este mismo año para que su explotación y mantenimiento volviera a manos de empresas privadas, plan que por el momento no se ha ejecutado.

El real decreto también modifica la Ley de Carreteras para permitir que la aprobación de los proyectos de construcción lleve implícita la declaración de urgente ocupación de los bienes a efectos expropiatorios con el fin de evitar demoras en las obras, sobre todo en aquellas de menor envergadura y destinadas a la mejora de la seguridad vial.

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