• Viernes, 29 de marzo 2024
  • ABC

COPE

Noticias

La CNMC multa a Endesa por cambiar de contrato a un consumidor sin su consentimiento

La CNMC multa a Endesa por cambiar de contrato a un consumidor sin su consentimiento

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:30

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa Energía, la comercializadora del mercado libre del grupo energético, con 30.000 euros por incumplir los requisitos de contratación con los clientes, establecidos en la Ley del Sector Eléctrico.

El expediente se inició como consecuencia del escrito de una asociación de consumidores en el que trasladaba la denuncia de un particular sobre irregularidades en su contrato con derecho al bono social.

Concretamente, indicaba que el cliente había cambiado de domicilio y solicitó dar de alta el suministro en las mismas condiciones que tenía. Esto es, un contrato con Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y con el descuento del bono social al que tenía derecho. Sin embargo, Endesa Energía le dio de alta en el mercado libre, señala el regulador.

De esta forma, en el marco de sucesivas contrataciones y transcurridos ocho meses desde la solicitud inicial, el cliente consiguió tener de nuevo su contrato en precio regulado (PVPC) y mantener su derecho al bono social, con su comercializadora de referencia (Endesa Energía XXI).

El procedimiento se incoó inicialmente a Endesa Energía y a Endesa Energía XXI, la comercializadora de último recurso del mismo grupo, aunque finalmente el procedimiento se archivó respecto a esta última.

En consecuencia, tras la instrucción del expediente, la CNMC ha resuelto que Endesa Energía incumplió las condiciones de contratación que exige la Ley del Sector Eléctrico a la hora de tramitar los contratos de sus clientes, dado que cambió de contrato al consumidor sin su consentimiento.

Por todo ello, el organismo presidido por José María Marín Quemada declaró a Endesa Energía responsable de la comisión de una infracción leve, de acuerdo con el artículo 66.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y le impuso una multa de 30.000 euros, que la empresa abonó acogiéndose a las reducciones legalmente previstas, tras reconocer su responsabilidad en los hechos.

De esta manera, tras aplicarse la reducción establecida del 20% por el reconocimiento de responsabilidad y por el pago voluntario de la multa con anterioridad a la resolución del procedimiento, el importe de de la sanción abonada por Endesa Energía ha sido de 18.000 euros.

MÁS MULTAS POR CAMBIOS DE CONTRATO.

Recientemente, la CNMC multó también a Endesa con un total 120.000 euros por dar de alta a clientes sin contar con su consentimiento. Meses antes, la compañía fue sancionada con 30.000 euros por una práctica similar.

Además, el organismo multó en 2017 a cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, S.A.U., Iberdrola Clientes, S.A.U., Gas Natural Servicios, SDG, S.A. y Viesgo Energía, S.L.) con un total de 155.000 euros por las mismas prácticas.

La CNMC señala que insiste en fomentar las buenas prácticas de las comercializadoras de electricidad y gas natural cuando realizan una contratación, especialmente con el colectivo de consumidores vulnerables.

Asimismo, recuerda que el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, ha prohibido las ventas domiciliarias, salvo que exista petición expresa por parte de los consumidores y a propia iniciativa suya.

Además, el organismo obligó el pasado mes de septiembre a los principales grupos energéticos a cambiar su imagen de marca para que los clientes puedan distinguir entre la empresa comercializadora que ofrece la tarifa regulada (PVPC), en electricidad, y (TUR), en gas, y la que actúa en el mercado libre.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

Directo Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Escuchar