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Ábalos prevé ayudas de 50.000 euros para promotores de alquiler y "cohousing"

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) prevé establecer subvenciones de hasta 47.250 euros por vivienda para los promotores de pisos destinados al alquiler o a la cesión en uso a precios asequibles y para empresas que fomenten los alojamientos temporales de tipo "cohousing".,Así lo recoge el proyecto de Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, que ha sacado a información pública -hasta el 9 de julio-

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 19:16

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) prevé establecer subvenciones de hasta 47.250 euros por vivienda para los promotores de pisos destinados al alquiler o a la cesión en uso a precios asequibles y para empresas que fomenten los alojamientos temporales de tipo "cohousing".

Así lo recoge el proyecto de Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, que ha sacado a información pública -hasta el 9 de julio- el departamento que dirige José Luis Ábalos.

El plan consta de doce programas, entre ellos uno de "fomento del parque privado de vivienda en alquiler asequible" y otro de "fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares".

Podrán obtener financiación con cargo al primero las promociones de viviendas de nueva construcción o procedentes de la rehabilitación de edificios que se vayan a ceder en uso o destinar al arrendamiento durante un plazo mínimo de 15 años.

Los inmuebles deberán tener una calificación energética mínima B, tanto en emisiones de CO2 como en consumo de energía primaria no renovable.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y las empresas privadas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por capital privado.

Los promotores de las viviendas, incluidos los procedentes de la rehabilitación, podrán obtener una ayuda, proporcional a la superficie útil de cada vivienda, de hasta un máximo de 450 euros por metro cuadrado útil.

La cuantía máxima de la subvención no podrá superar el 50 % de la inversión, con un límite máximo de 47.250 euros por vivienda.

LIMITACIÓN DEL PRECIO DEL ALQUILER

El precio del alquiler o de la cesión en uso de estas viviendas, que será actualizado anualmente conforma al IPC, será proporcional a su superficie útil y durante el primer año de vigencia del real decreto no podrá superar 7,5 euros mensuales por metro cuadrado de superficie útil más un 60 % de dicha cuantía por metro cuadrado de superficie útil de plaza de garaje, trastero o cualquier otra superficie adicional.

El beneficiario deberá acreditar estar en posesión del suelo o del edificio a rehabilitar, de la licencia municipal de obra y del certificado de inicio de obra, y no recibirá el último 20 % de la subvención hasta que las viviendas estén finalizadas y al menos el 20 % de ellas estén ocupadas.

Las obras correspondientes deberán realizarse en un plazo de 30 meses desde la fecha de concesión de la ayuda, que podrá extenderse a 36 meses cuando se trate de promociones de más de 50 viviendas.

Cuando se trate de actuaciones de rehabilitación, los plazos serán de 24 meses y 30 meses, respectivamente.

INQUILINOS CON INGRESOS DE 2.800 EUROS MENSUALES

Las viviendas financiadas con cargo a este programa solo podrán ser arrendadas o cedidas en uso a personas cuyos ingresos, incluyendo los de todas las personas que constituyan la unidad de convivencia, no superen 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), es decir, unos 2.800 euros.

El programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares va dirigido también a familias que en su conjunto no superen 5 veces el Iprem.

En el supuesto de unidades de convivencia de una sola persona, los ingresos no podrán superar tres veces el Iprem y de dos personas, cuatro veces el Iprem.

Podrán obtener financiación con cargo a las ayudas de este programa las promociones que se vayan a ceder en uso o destinar al arrendamiento durante un mínimo de 20 años e incluye a las que procedan de la rehabilitación de edificios.

Deberán también tener una calificación energética mínima B y podrán ser beneficiarios las personas físicas, las administraciones y organismos públicos, y las empresas privadas, fundaciones, empresas de economía social y organizaciones no gubernamentales.

La ayuda también será proporcional a la superficie útil, con un máximo de 420 euros por metro cuadrado y de 50.400 euros por alojamiento o vivienda, mientras que el precio del alquiler o de la cesión en uso no podrá superar el primer año diez euros mensuales por metro cuadrado.

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