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Defensor del Pueblo: lentitud administrativa provoca deterioro del patrimonio

La "lentitud" en la tramitación administrativa o la "falta de seguimiento" de las medidas de protección están permitiendo el "deterioro continuo del bien cultural", así lo considera el Defensor del Pueblo en su informe anual de 2020.,El informe de este año ha sido el que "más singularidades" ha tenido de todos los presentados en los últimos años a las Cortes Generales, reconocen desde el Defensor del Pueblo en la presentación de este documento anual en el que explican que e

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 11:10

La "lentitud" en la tramitación administrativa o la "falta de seguimiento" de las medidas de protección están permitiendo el "deterioro continuo del bien cultural", así lo considera el Defensor del Pueblo en su informe anual de 2020.

El informe de este año ha sido el que "más singularidades" ha tenido de todos los presentados en los últimos años a las Cortes Generales, reconocen desde el Defensor del Pueblo en la presentación de este documento anual en el que explican que esta "singularidad" ha estado determinada por la aparición de una pandemia de alcance mundial, "un fenómeno sin parangón en el presente siglo del que se tardara tiempo en salir".

En la parte dedicada a la Cultura, el Defensor del Pueblo lamenta que "la lentitud en la tramitación administrativa, la falta de seguimiento de las medidas de protección y la ausencia de una respuesta inmediata y coordinada están permitiendo el deterioro continuo del bien cultural, sin que se adopten las medidas correctoras y sancionadoras que prevé la legislación para la defensa del patrimonio".

En este sentido, recuerda que las actuaciones de las administraciones públicas en materia de protección de los bienes culturales "deben ser diligentes y someterse a los principios de celeridad y eficacia, ya que, de no ser así, los daños en los bienes culturales pueden ser, y de hecho son, en muchos casos irreversibles".

"Ejemplo de ello", explican, son las actuaciones llevadas a cabo ante la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte, y la Dirección General de Bienes Culturales de la Región de Murcia, en el inmueble Villa Calamari, en Cartagena, declarado Bien de Interés Cultural en 2012, "cuando ya sufría un importante deterioro".

Los datos contenidos en los informes de la Administración autonómica evidenciaban el "incumplimiento reiterado" por parte del titular responsable del Bien de Interés Cultural de las obligaciones de conservación desde 1992 y, al menos desde 2016, el "incumplimiento de las medidas de protección acordadas".

Sin embargo, explica el informe del Defensor, no es hasta abril de 2020 cuando el Servicio de Patrimonio Histórico estudió proponer a la Dirección General de Bienes Culturales la incoación de un procedimiento sancionador contra la empresa titular de Villa Calamari por la comisión de una presunta infracción grave en la obligada custodia y protección de este inmueble BIC.

A la vista de ello, el Defensor del Pueblo decidió formular una Sugerencia a la Dirección General de Bienes Culturales de la Región de Murcia para promover a la mayor brevedad posible las acciones necesarias en defensa de la legalidad frente a las infracciones en materia de protección del bien histórico Villa Calamari, para asegurar su integridad y evitar su destrucción o deterioro.

Esta resolución está pendiente de respuesta y no se tiene constancia de si se ha efectuado tal propuesta ni de si se ha iniciado el procedimiento, dice el informe anual.

Otros casos en los que ha tenido que entrar el Defensor del Pueblo son los relativos a la conservación de la integridad de una edificación incluida en el Entorno de Protección de la Plaza Mayor de Ocaña (Toledo), declarada Bien de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico; o las actuaciones para proteger y conservar las Salinas de Marchamalo y las instalaciones de Salinera Catalana de Cabo de Palos, en el término municipal de Cartagena.

Por otro lado, el informe anual del Defensor del Pueblo en la parte dedicada a la Cultura destaca que los espectáculos o actividades culturales se han visto "muy severamente afectados por la pandemia" y considera que se han quedado en una situación de vulnerabilidad "en muchos casos no paliada por las medidas económicas y sociales" adoptadas para hacer frente a las consecuencias.

Es preciso, abogan, hacer frente a esta situación y "garantizar, mediante las ayudas, subvenciones y planes de apoyo precisos, la pervivencia presente y futura de estas actividades", que son complemento necesario de las prestaciones y servicios culturales públicos y sin las cuales, "amén de la pérdida artística y creativa, no resulta posible hacer efectivo el acceso a la cultura a la que todos tienen derecho".

En este sentido, recuerda, la promoción y tutela de las actividades culturales "constituye un deber de los poderes públicos (artículo 44 de la Constitución española)". EFE

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