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Collado Villalba

Fondo social de viviendas para personas desahuciadas

El Ayuntamiento se ha sumado a un convenio suscrito entre varias instituciones, que permitirá que estos ciudadanos puedan acceder a viviendas en alquiler de bancos, con mensualidades de entre 150 y 400 euros.

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 26 may 2017

El Ayuntamiento de Collado Villalba se ha sumado al convenio para la creación de un fondo social de viviendas para personas afectadas por desahucios. El documento lo han suscrito la Federación Española de Municipios y Provincias, los ministerios de Economía, Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y Fomento; el Banco de España, la mayoría de las entidades financieras y la Plataforma del Tercer Sector (organización de ámbito estatal sin ánimo de lucro de que la forman parte 29.000 entidades de todo el país). Se trata de facilitar viviendas de alquiler social a bajo precio, entre un mínimo de 150 y un máximo de 400 euros al mes, con un contrato de dos años con posibilidad de prórroga. Los bancos se las ofrecen a aquellas familias cuyo desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución, por impago de un préstamo hipotecario, iniciada por esa misma entidad de crédito. Ésta, además, facilitará un fondo social de viviendas de alquiler al Ayuntamiento. La concejal de Familia y Servicios Sociales, Mariola Vargas, ha señalado que “esta iniciativa se enmarca dentro de las medidas urgentes del Real Decreto Ley para reforzar la protección de las personas con deudas de hipotecas de su vivienda”. Vargas ha declarado que “con esta medida se pretende ir elaborando respuestas por parte de todos los agentes económicos y sociales ante la gravedad de las consecuencias que ocasionan los desahucios”. CONDICIONES A estas viviendas de alquiler sólo podrán optar aquellas familias que se encuentren en una situación de mayor dificultad. Para ello los Servicios Sociales municipales, en colaboración con las entidades bancarias, darán prioridad a los casos que presenten más necesidad o riesgo social. Las solicitudes de alquiler se dirigirán a la misma entidad que haya ejecutado el desahucio de la vivienda hipotecada. Sólo se admitirán aquéllas que cumplan con los requisitos estipulados en las cláusulas del convenio: el conjunto de los ingresos de la unidad familiar no podrá superar el límite de tres veces el IPREM; ninguno de sus miembros podrá disponer de una vivienda en propiedad o en usufructo; y deberán estar en situación de especial vulnerabilidad.  

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Pilar García Muñiz

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