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INVESTIDURA CATALUÑA

Gobierno ve vulnerados dos artículos de la Constitución en Ley de Presidencia

El Gobierno detalla en su recurso al Tribunal Constitucional (TC) contra la Ley de Presidencia de la Generalitat que esta norma vulnera diversos preceptos del Estatuto de Autonomía de Cataluña y del Reglamento del Parlamento de Cataluña, así como los artículos 23 y 152 de la Constitución.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:41

El Gobierno detalla en su recurso al Tribunal Constitucional (TC) contra la Ley de Presidencia de la Generalitat que esta norma vulnera diversos preceptos del Estatuto de Autonomía de Cataluña y del Reglamento del Parlamento de Cataluña, así como los artículos 23 y 152 de la Constitución.

El texto del recurso subraya la relevancia del momento en que se ha aprobado la ley impugnada y recalca que tramitar la modificación de una ley de desarrollo básico del Estatuto de Autonomía o de una reforma del Reglamento del Parlamento exige la constitución de la comisión legislativa competente en cada caso.

Una comisión que precisa que sólo se puede constituir una vez investido el presidente de la Generalitat.

"Estos hechos -señala el texto del Gobierno- nos permiten afirmar que la modificación operada altera las reglas del juego de la vida parlamentaria en un momento esencial, de forma arbitraria y al margen del procedimiento establecido, con el objetivo de su aplicación a la presente coyuntura".

Es decir, según destaca, para aplicarse a un caso específico (en alusión a Carles Puigdemont) y en una situación que ha dado ya lugar a distintas resoluciones judiciales en relación con el proceso de investidura para la elección del nuevo president.

Para el Gobierno, "sin género de dudas", la ley impugnada "adolece de vicios de inconstitucionalidad", puesto que no cumple con los preceptos de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Cataluña y del Reglamento de la Cámara.

Y en concreto, explica que es contraria a dos artículos del texto constitucional, el 23, que reconoce los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos, y el 152, relativo a la organización territorial del Estado.

El Gobierno resalta que tanto los servicios jurídicos del Parlamento de Cataluña como el Consejo de Garantías Estatutarias han advertido de las normas que podría vulnerar la Ley de Presidencia.

En concreto, considera que se pretende que el criterio de la mayoría no cualificada del Parlament pueda actuar contra las exigencias vigentes del Estatuto de Autonomía y del Reglamento del Parlamento de Cataluña en el proceso de investidura del candidato a la Presidencia de la Generalitat.

Además, advierte de que se quiere avalar que el Govern pueda actuar contra lo dispuesto en el Estatut en cuanto a su reunión, organización y funcionamiento.

Expone el recurso que la reforma de la ley prevé que, en caso de ausencia, enfermedad o impedimento del candidato a president el día de la investidura, el pleno del Parlament podrá autorizar, por mayoría absoluta, que la sesión se celebre sin la intervención o presencia de éste y que pueda presentar su programa y solicitar su confianza por escrito o por cualquier otro medio reglamentariamente previsto.

"Esta previsión -considera el Gobierno- vulnera la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Cataluña y el Reglamento del Parlamento de Cataluña, dado que infringe el carácter personal y presencial del acto de investidura, la reserva reglamentaria existente en la materia, así como el procedimiento legislativo indicado para la aprobación de una norma de esta naturaleza".

Por las mismas razones cree inconstitucional la disposición adicional, que ordena la adaptación del Reglamento parlamentario a la ley tramitada contra el mismo.

Respecto al hecho de que la ley permita que el Govern y el resto de sus órganos colegiados se puedan constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actos tanto de manera presencial como a distancia, cree que es contrario al Estatut.

El texto estatutario, según recuerda el Gobierno, ha dispuesto claramente que el Parlamento y el Govern deben reunirse en el territorio de Cataluña.

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