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El TAD abre expediente a Villar por unanimidad

Los miembros del Tribunal Administrativo del Deporte se reunieron a petición del Consejo Superior de Deportes y con este trámite podrán inhabilitar al presidente de la Federación Española de Fútbol.

Ángel María Villar

Ángel María Villar este martes de prisiónREUTERS

EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 25 jul 2017

El Tribunal Administrativo del Deporte ha acordado por unanimidad abrir expediente disciplinario al presidente de la Federación Española de Fútbol, Ángel María Villar, encarcelado desde el pasado día 20.

Los miembros del TAD se reunieron a petición del Consejo Superior de Deportes, después del ingreso en prisión Villar, y con este trámite este organismo, cuya Comisión Directiva tiene previsto reunirse mañana, podrá inhabilitarle.

"No pueden acordar la suspensión sin que haya un expediente previo. El TAD ha valorado el auto del juez y además del ámbito penal en el disciplinario hay méritos suficientes como para entender que se puede producir una infracción por parte de estas personas", explicó brevemente Enrique Arnaldo, presidente del TAD, al término de una reunión de poco más de media hora.

Enrique Arnaldo sí intervino en la sesión, al contrario de lo que ocurrió el pasado 16 de junio cuando el tribunal estudió un recurso sobre irregularidades en las últimas elecciones de la RFEF presentado por Jorge Pérez, exsecretario general de ésta y aspirante a las mismas Entonces el presidente del TAD se abstuvo porque fue recusado previamente por Villar.

Otros dos integrantes del TAD, María Lidia García y Andreu Camps, fueron también recusados por parte de Jorge Pérez, que al ver rechazada su reclamación por este tribunal presentó recurso en vía contencioso-administrativa.

El caso de la RFEF centrará la reunión que tiene competencia para "suspender, motivadamente y de forma cautelar y provisional, al presidente y demás miembros de los órganos de gobierno y control de las federaciones deportivas españolas y ligas profesionales, y convocar dichos órganos colegiados en los supuestos a que se refiere el artículo 43, b) y c), de la Ley del Deporte de 1990".

Dicho artículo 43 c) confiere a la mencionada comisión la competencia para "suspender motivadamente, de forma cautelar y provisional, al presidente o a los demás miembros de los órganos directivos, cuando se incoe contra los mismos expediente disciplinario, como consecuencia de presuntas infracciones o irregularidades muy graves y susceptibles de sanción, tipificadas como tales en el artículo 76 de la presente Ley".

Al margen de lo que resuelva la comisión directiva, la RFEF tiene previsto celebrar la reunión de la junta directiva que aplazó tras los registros realizados en la sede de la Federación el martes 18, así como de su Comisión Delegada.

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