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Supremo condena a la Comunidad de Madrid a pagar 6,5 millones a la U.Autónoma

Madrid, 3 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid a pagar a la Universidad Autónoma (UAM) 6,5 millones de euros por la diferencia no abonada por becas en el curso 2013-2014, en una sentencia que confirma el fallo en ese mismo sentido que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).,De este modo, el alto tribunal ha rechazado el recurso de la Comunidad de Madrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 3 de mayo de 2016.,El TSJ

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 05 abr 2018

El Tribunal Supremo ha condenado a la Comunidad de Madrid a pagar a la Universidad Autónoma (UAM) 6,5 millones de euros por la diferencia no abonada por becas en el curso 2013-2014, en una sentencia que confirma el fallo en ese mismo sentido que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

De este modo, el alto tribunal ha rechazado el recurso de la Comunidad de Madrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 3 de mayo de 2016.

El TSJM, en la sentencia ahora confirmada, estimó un recurso de la universidad contra la resolución de fecha 2 de enero de 2014 de la directora general de Universidades e Investigación de la Comunidad de Madrid, que había rechazado iniciar el procedimiento para abonar al centro la cuantía reclamada, en concepto de cumplimiento de la obligación de compensación de precios públicos.

En concreto, la Universidad Autónoma de Madrid requirió al Gobierno regional la cantidad de 6.544.532,58 euros en compensación de los precios públicos no abonados por los beneficiarios de becas, exenciones, bonificaciones y reducciones en el curso académico 2013-2014.

De esa cantidad, 3.604.895,86 euros correspondían a becas y el resto, 2.939.636,72 euros, a diversas exenciones y bonificaciones, como matrícula de honor en bachillerato, premio extraordinario de bachillerato, discapacidad, familia numerosa de 1.ª y 2.ª categoría, hijos de fallecidos en acto de servicio, víctimas del terrorismo y familias numerosas de tres hijos.

Entre otros argumentos, el Supremo recuerda que "son las comunidades autónomas las competentes para el desarrollo, ejecución y gestión del sistema general de becas y ayudas al estudio".

Así lo avala la solución adoptada por el TSJ de Madrid, "sin perjuicio de los mecanismos de coordinación y cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas en que el artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001 (de Universidades) encuadra el régimen de las becas y de las ayudas al estudio".

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