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El Reglamento de la Carrera Judicial aboca al juez Alba a la suspensión

Las Palmas de Gran Canaria, 11 may (EFE).- La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de abrir juicio al magistrado de la Audiencia de Las Palmas Salvador Alba por cinco delitos relacionados con el ejercicio de su profesión obliga al Poder Judicial a plantearse su suspensión cautelar.,En una decisión contra la que no cabe recurso, la magistrada del TSJC Margarita Varona ha establecido que Alba sea juzgado por prevaricación judicial, cohecho, falsedad, revelación de secretos

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:41

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de abrir juicio al magistrado de la Audiencia de Las Palmas Salvador Alba por cinco delitos relacionados con el ejercicio de su profesión obliga al Poder Judicial a plantearse su suspensión cautelar.

En una decisión contra la que no cabe recurso, la magistrada del TSJC Margarita Varona ha establecido que Alba sea juzgado por prevaricación judicial, cohecho, falsedad, revelación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios, al existir indicios de manipuló una causa penal para tratar de perjudicar a su colega Victoria Rosell, en un momento en que esta era diputada de Podemos en el Congreso.

La situación en la que se encuentra Salvador Alba entra directamente en el supuesto previsto en el artículo 190 del Reglamento de la Carrera Judicial de 2011.

Ese artículo dispone que "se acordará la suspensión provisional" de un juez cuando se haya "procedido" contra él "por cualquier delito cometido en el ejercicio de sus funciones".

Y precisa que "procederá" acordar esa medida cautelar "cuando en el procedimiento penal se dicte auto de apertura de juicio oral (como ocurrió ayer con Alba), de prisión provisional, de libertad bajo fianza o de procesamiento, una vez que adquieran firmeza".

La magistrada que ha procesado a Alba precisa en su auto que contra la apertura de juicio oral ya no cabe recurso alguno y pide que se comunique su decisión al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Cuando el CGPJ reciba formalmente la comunicación del auto de apertura de juicio oral contra este magistrado de la Audiencia de Las Palmas, corresponde tomar la decisión a su Comisión Permanente, "previa audiencia del Ministerio Fiscal y del interesado", dispone el Reglamento de la Carrera Judicial.

Y una vez que se adopte esa medida cautelar, añade, su efecto "durará hasta tanto en el procedimiento penal no recaiga sentencia o auto de sobreseimiento".

Salvador Alba se enfrenta en este procedimiento a una de las condenas más altas solicitadas en los últimos años por la Fiscalía en España contra un juez: diez años de cárcel y 29 de inhabilitación.

Entre los casos que han tenido notoriedad en las últimas décadas, el Ministerio Público solo pidió una condena más severa contra Luis Pascual Estevill, para el que demandó 13 años de cárcel por delitos cometidos en los años noventa, cuando era juez de Instrucción en Tarrasa y Barcelona.

El TSJ de Cataluña, primero, y el Supremo, después, le impusieron nueve años y cuatro meses de cárcel por delitos de cohecho, amenazas condicionales, prevaricación, detención ilegal y alzamiento de bienes.

La posible suspensión de Salvador Alba puede afectar a una de las causas por corrupción más importantes juzgadas en Canarias, el caso Faycán, del que es ponente.

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