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Gas Natural, responsable civil por explosión que causó 5 muertes en Tarragona

Madrid, 30 may (EFE).- Gas Natural deberá pagar 2,1 millones de euros de indemnización, en parte de forma solidaria con Mapfre, tras haber sido considerada por el Supremo como responsable civil de la muerte de cinco personas a causa de una explosión ocurrida en Tarragona en noviembre de 2005.,El siniestro ocurrió a causa de una acumulación de gas en una vivienda y causó el fallecimiento de cinco personas -entre ellas una madre y sus tres hijos-, lesiones a un viandante a consecuencia de los casc

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:44

Gas Natural deberá pagar 2,1 millones de euros de indemnización, en parte de forma solidaria con Mapfre, tras haber sido considerada por el Supremo como responsable civil de la muerte de cinco personas a causa de una explosión ocurrida en Tarragona en noviembre de 2005.

El siniestro ocurrió a causa de una acumulación de gas en una vivienda y causó el fallecimiento de cinco personas -entre ellas una madre y sus tres hijos-, lesiones a un viandante a consecuencia de los cascotes que cayeron por la explosión y daños materiales en tres vehículos. El quinto fallecido fue el ocupante del piso del edificio en el que se produjo el siniestro.

El fallo del Supremo señala que es la compañía de gas la que tiene la carga de la prueba para demostrar que no tuvo ninguna responsabilidad en el accidente, y que al no haberlo hecho así, debe abonar los pagos.

La mayor parte de la indemnización, por un valor total de 1.120.961 euros, va destinada al hombre que perdió a su esposa, de 37 años, y a sus tres hijos de entre 20 días y 4 años de edad.

Dicha parte de la indemnización la pagarán de forma solidaria Gas Natural y Mapfre, ésta última dentro de los límites del seguro contratado.

Otra parte de las indemnizaciones irá destinada al hombre que resultó herido, a quien corresponderán 499.883 euros para compensar las lesiones de consideración que le causaron los cascotes que le golpearon cuando paseaba por la calle afectada.

Además, un total de 517.106 euros son reconocidos para Axa Seguros Generales por el dinero abonado por dicha compañía a distintos perjudicados por el siniestro. Gas Natural deberá abonar esta cantidad en solitario.

Tanto la sentencia de primera instancia como la dictada por la Audiencia de Tarragona habían exonerado a Gas Natural y a su aseguradora, porque no se había acreditado que la fuga de gas se debiera a un defecto de instalación.

Así mismo, aquellas sentencias señalaban que no se había acreditado que, de haberse realizado una revisión reglamentariamente prevista que no se llevó a cabo, la explosión no se hubiese producido.

El Supremo corrige aquellas sentencias porque contradicen el principio de la carga probatoria, trasladándola a quien carece de medios, es decir, las víctimas del accidente.

Además, dice el Supremo, en función del principio de responsabilidad por riesgo, es obligación de quien presta el servicio generador del riesgo el acreditar el verdadero origen del siniestro.

La Sala apunta en su sentencia que existen supuestos en los que no se aplica el citado principio de responsabilidad por riesgo, pero añade que se trata de casos donde existe total incertidumbre sobre las causas del siniestro, algo que no ocurre en este caso, en el que la suministradora podría haber aportado certezas sobre dichas causas y no lo ha hecho.

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Fuentes de Gas Natural consultadas por Efe han expresado su "sorpresa" por esta sentencia del Supremo, ya que tanto el juzgado de primera instancia como la Audiencia de Tarragona habían exculpado a la compañía por los mismos hechos que ahora la condenan.

La empresa estudiará ahora las implicaciones que tiene el fallo del Supremo y lo acatarán, ya que no existe posibilidad de presentar recurso.

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