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Condenada a 5 años técnica de laboratorio que puso en peligro a compañeros

Zaragoza, 28 mar (EFE).- La Audiencia de Zaragoza ha condenado a penas que suman 5 años de prisión a una técnica de laboratorio del Hospital Miguel Servet por poner en situación de riesgo a compañeros de trabajo al manipular de forma intencionada cepas de tuberculosis para contaminar muestras de pacientes.,La sentencia considera probado que la técnica María Pilar V.V. actuó por "resentimiento y despecho" al ser trasladada de la sección de Micobacterias donde trabajaba a otra del mismo laboratori

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 09 abr 2018

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a penas que suman 5 años de prisión a una técnica de laboratorio del Hospital Miguel Servet por poner en situación de riesgo a compañeros de trabajo al manipular de forma intencionada cepas de tuberculosis para contaminar muestras de pacientes.

La sentencia considera probado que la técnica María Pilar V.V. actuó por "resentimiento y despecho" al ser trasladada de la sección de Micobacterias donde trabajaba a otra del mismo laboratorio, decisión con la que expresó "abiertamente" su "desacuerdo y enfado".

Al parecer, señala la resolución, la acusada, que tenía la categoría de técnico superior, se encontraba "a gusto" en su sección, "donde tenía una relación de confianza y amistad muy estrecha con el facultativo responsable de la misma".

En la creencia de que "no merecía" el cambio al formar parte del personal fijo del laboratorio, la mujer comenzó a inocular muestras de tuberculosis remitidas por la Organización Mundial de la Salud a pruebas hechas a pacientes del centro hospitalario zaragozano, sin tomar las necesarias medidas de seguridad para evitar el contagio de la enfermedad a sus compañeros.

Los magistrados acuerdan imponer las máximas penas previstas por los delitos imputados a la técnica, de riesgo y de falsedad en documento público, dada la "extraordinaria gravedad" de los hechos y la "maldad extrema" puesta de manifiesto por la acusada.

En su relato de hechos probados, la sentencia señala que la acusada, de 39 años y nacida en Guadalajara, manipuló varias muestras de pacientes en dos ocasiones, los días 4 de marzo y 2 de abril de 2016.

Aunque en la primera ocasión se sospechó que los falsos positivos producidos eran debidos a una contaminación "cruzada o accidental", los nuevos casos detectados llevaron a los responsables del laboratorio a pensar en una posible manipulación intencionada.

La segunda manipulación, añade la sentencia, se llevó a cabo fuera de las zonas de seguridad del laboratorio, lo que unido al alto nivel de gérmenes contenido en las muestras generó un riesgo de contagio tanto para el personal que desarrollaba su labor en las instalaciones como para pacientes que pudieran aproximarse a la zona.

A pesar de que las muestras contaminadas se identificaron posteriormente como falsos positivos, algunos de los pacientes fueron sometidos a tratamientos profilácticos que alargaron su estancia hospitalaria y les provocó ansiedad.

Además de estos dos casos, el tribunal considera probado que el 16 de mayo del mismo año, la acusada cambió la etiqueta de una muestra de un paciente con gonorrea con la de una mujer embarazada ingresada en el centro.

Al ser informada de esta situación, la mujer, antes de conocer que se trataba de un falso positivo, padeció de ansiedad ante la posibilidad de transmitir la enfermedad al feto y la posible infidelidad de su pareja.

La acusada fue detenida finalmente el 1 de junio de 2016, con una etiqueta en su bolso que correspondía al nombre de la mujer embarazada.

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En sus fundamentos jurídicos, el tribunal considera que las pruebas indiciarias que sitúan a la acusada en el laboratorio en el momento de producirse la contaminación de las muestras son suficientes para incriminarle por el delito de riesgo imputado.

Además, los magistrados le responsabilizar de un delito de falsedad en documento público por su "perverso proceder" al cambiar la etiqueta de la muestra con gonorrea con la de la paciente embarazada.

El tribunal condena a la acusada a 2 años de prisión por un delito de riesgo y a 3 por la falsedad en documento público, y le impone, además, una multa de doce meses a 8 euros diarios y seis años de inhabilitación para ejercer su profesión.

Asimismo, le obliga a indemnizar en 8.473 euros al servicio del Salud del Gobierno aragonés, y a cantidades que suman más de tres mil euros a cinco pacientes que sufrieron las consecuencias de la acción de la acusada.

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