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Empresas de más de 100 trabajadores

Las grandes empresas deberán costear la prestación por paro de mayores de 50

Si entre el año anterior al despido y los cuatro años siguientes al mismo encadena dos ejercicios positivos.

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Tiempo de lectura: 1'Actualizado 27 may 2017

Así se establece en el real decreto ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de más edad y promover el envejecimiento activo que modifica la reforma de las pensiones de 2011.Según la norma, las aportaciones deberán realizarse cuando exista discriminación por razón de edad en los despidos, es decir, cuando el porcentaje de trabajadores de más de 50 años incluidos en el despido colectivo, sea superior al peso de ese colectivo en la plantilla de la empresa.Además, se introduce una modificación relativa al requisito de obtención de beneficios.Así, además de las empresas que hayan obtenido beneficios en los dos ejercicios anteriores al despido colectivo como ocurría hasta ahora, se incluyen las que obtengan beneficios en al menos dos ejercicios económicos consecutivos dentro del periodo comprendido entre el ejercicio anterior al despido y los cuatro posteriores al mismo.Eso supone que si una empresa con 100 empleados hace un despido colectivo y afecta a 20 trabajadores de los que sólo 2 son mayores de 50, y, a su vez hay 25 trabajadores mayores de esa edad, la empresa no tendrá que hacer la aportación al Tesoro

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