• Viernes, 29 de marzo 2024
  • ABC

COPE

Noticias

Marcelino Sexmero en La Mañana

"Las audiencias suelen ratificar los autos de los jueces"

El portavoz de la Asociación Jueces Francisco de Vitoria ha dejado claro que la labor del juez de Instrucción no es juzgar “sino delimitar los hechos y establecer si pueden ser delito” y que es la Audiencia la responsable de establecer “si hay indicios como para condenar”.

cope.escope.es

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 09 may 2017

El juez José Castro decidía este miércoles tras cuatro años de investigación, que la infanta Cristina debía ser juzgada por presuntos delitos fiscales y blanqueo junto a su marido, Iñaki Urdangarin, a quien responsabiliza de la creación de una trama corrupta para aprovechar su vinculación con la Familia Real. “El juez de instrucción es quien decide si existen indicios de delito o en su caso si procede al archivo y lo hace con criterio e independencia”, señala Marcelino Sexmero, portavoz Nacional Asociación Jueces Francisco de Vitoria. “Lógicamente los criterios pueden variar y siempre puede ser discutible la verosimilitud de esos indicios por lo que siempre están sujetos a la crítica”.

Sexmero ha dejado claro que la labor del juez de instrucción no es juzgar sino delimitar los hechos y establecer si pueden ser o no delito. “Muchas veces para inferir esa analogía entre hechos y delitos tienen que hacerse ciertas consideraciones por parte del juez. Que se pase o que se quede corto depende de la influencia del caso en la opinión pública. Corresponderá después a la Audiencia el establecer, -en caso de que haya juicio- los elementos del delito y si realmente hay indicios como para condenar”. Si bien en un “alto porcentaje” de las veces las audiencias suelen ratificar los autos de los jueces.

En el auto el juez Castro apuntaba a la existencia de "sobrados indicios" de que la infanta participó de las actividades de su esposo "lucrándose en propio beneficio" y "facilitando los medios para que lo hiciera" él, mediante "la colaboración silenciosa de su 50 % de capital social de los fondos ilícitamente ingresados" en la empresa familiar Aizoon.

Según el juez, dichos fondos "ilícitos" proceden del lucro obtenido por Nóos de las arcas públicas de las comunidades valenciana y balear, a los que se añade el dinero que su marido no desembolsó "gracias a sus defraudaciones fiscales".

El magistrado considera que Urdangarin, con el respaldo de su socio Diego Torres, creó un entramado empresarial en torno al Instituto Nóos para "rentabilizar económicamente" su vinculación con la Casa Real gracias a su matrimonio con la infanta.

En el auto se atribuyen al duque de Palma 25 presuntos delitos: cinco de prevaricación, cinco de malversación de caudales públicos, cinco de fraude a la administración y cinco de tráfico de influencias, uno de falsedad en documento oficial, uno de falsificación de documentación mercantil, uno de estafa y dos delitos de fraude a Hacienda.

A partir de varios informes de Hacienda, Castro sostiene que Urdangarin defraudó 182.005 euros en 2007 y 155.138 en 2008 en sus declaraciones de IRPF. Estos supuestos delitos se atribuyen también a la infanta porque se llevaron a cabo a través de Aizoon, la empresa que compartía la pareja al 50 %.

Por su parte, el  fiscal Anticorrupción responsable del caso, Pedro Horrach, ha anunciado ya que presentará un recurso contra la decisión de Castro, ya que entiende que "la infanta ha sido imputada por ser quien es" y que no hay elementos incriminatorios contra ella.

PINCHA AQUÍ para escuchar la entrevista completa en @LaMananaCOPE de Buruaga

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

Directo La Madrugá desde las calles de Sevilla

La Madrugá desde las calles de Sevilla

Escuchar