De acuerdo con lo previsto en el nuevo reglamento, los ciudadanos podrán poseer, usar y disfrutar de su propiedad individual, pero no podrán disponer de ella, es decir, no se podrá vender.
El Gobierno de Venezuela, a través del Reglamento de la Ley del Consejo Federal de Gobierno, decidió no sólo definir las líneas de acción que tendrán los gobernadores, alcaldes y consejos comunales, sino también constituir su ideal de modelo productivo socialista. Por esa vía, indica el periódico venezolano El Universal, el Gobierno plasmó el concepto de socialismo que reduce los atributos de la propiedad, al eliminar la disposición de los bienes.
En sus alocuciones Hugo Chávez ha insistido en que la propiedad no es una mercancía, no se vende, y ahora lo dicho en el discurso es ley.
El reglamento señala que "el socialismo es un modo de relaciones sociales de producción centrado en la convivencia solidaria y la satisfacción de las necesidades materiales e intangibles de la sociedad que tiene como base fundamental la recuperación del valor del trabajo como productor de bienes y servicios para satisfacer las necesidades humanas. Para ello es necesario el desarrollo de la propiedad social de los bienes sobre los factores y medios de producción básicos y estratégicos que permita que todas las familias y los ciudadanos posean, usen y disfruten de su patrimonio o propiedad individual o familiar".
Según reseña El Universal, el artículo 115 de la Constitución indica que se garantiza el derecho de propiedad y toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. Se entiende que el uso es el derecho a poseer y obtener todos los servicios de la propiedad, el goce y disfrute son los derechos a percibir los frutos y rentas propias que la propiedad pudiera generar y la disposición es la facultad de vender, dar en comodato, hipotecar o donar. De acuerdo con lo previsto en el reglamento, los ciudadanos podrán poseer, usar y disfrutar de su propiedad individual, pero no podrán disponer de ella, es decir, no se podrá vender.
El abogado consultado por El Universal, José Vicente Haro, explica que ante lo contemplado en la normativa los ciudadanos tendrán una propiedad individual o familiar, sin embargo, ese tipo de propiedad está en función de los intereses colectivos, se usa y se disfruta, pero su disposición estará definida por la comuna.