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Proyecto de Ley en República Dominicana

Voces dominicanas se alzan contra un proyecto despenalizador del aborto

En declaraciones ofrecidas por separado, el Aristy Castro recordó que es deber del Estado honrar a la familia y defender la vida, y el presidente de la Fundación Justicia y Transparencia Vidal Potentini consideró que las discusiones al respecto son estériles y sin sentido.

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Redacción Mundo - 13-04-09

Como informa el diario dominicano Listín, el proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en República Dominicana fue rechazado ayer por el dirigente reformista, Amable Aristy Castro, y el presidente de la Fundación Justicia y Transparencia, Trajano Vidal Potentini.

En declaraciones ofrecidas por separado, Aristy Castro recuerda que es deber del Estado honrar a la familia y defender la vida, en tanto Vidal Potentini considera que las discusiones al respecto son estériles y sin sentido.

El dirigente del Partito Reformista Social Cristiano (PRSC) advirtió que los legisladores de su organización rechazarán todo intento que pretenda despenalizar el aborto en el país.

Aseguró que desde que fue senador, en la década de los 90, su posición ha sido la misma que tiene su partido y que coincide con la Iglesia Católica en contra de que el aborto sea despenalizado.

El dirigente político dijo que se identifica en todas sus partes con el Sermón de las Siete Palabras, en que sacerdotes lanzaron duras críticas contra de quienes promueven que la supresión de la vida humana sea conocida en la reforma constitucional.

Aristy Castro dijo que su postura no es politiquera, sino ajustada a los principios que propugnan los partidos de la corriente social cristiana “que establecen que el derecho a la vida es un derecho humano fundamental y absoluto, que no admite restricciones”.

Sobre el tema, el presidente de la Fundación Justicia y Transparencia asegura que en República Dominicana no hay hasta el momento los mecanismos legales que permitan la despenalización del aborto.

Potentini indicó que la constitución vigente en su artículo 8 ordinal 1 protege y garantiza el derecho a la vida al establecer “La inviolabilidad de la vida”.

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