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TOROS EN CATALUÑA

El Tribunal Constitucional anula la prohibición de los toros en Cataluña

El alto tribunal considera, sin unanimidad, que el ejecutivo catalán invadió las competencias del Estado en materia de cultura y declara nula la prohibición.

José Tomás y Serafín Marín, al fondo, en el último festejo que se celebró en la Monumental de Barcelona en 2011. EFE

José Tomás y Serafín Marín, al fondo, en el último festejo que se celebró en la Monumental de Barcelona en 2011. EFE

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17 mar 2017

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado este jueves la prohibición de las corridas de toros que acordó la Generalitat catalana en 2010, al considerar que con aquella decisión invadió competencias estatales. El alto tribunal ha resuelto -por mayoría de ocho votos a favor y tres en contra- que el ejecutivo catalán fue más allá de las atribuciones que le conceden las transferencias de gestión que ejerce en materia de espectáculos y de protección de los animales. El argumento principal de la sentencia señala que Cataluña tiene competencia en materia de espectáculos públicos y por tanto los puede regular, al igual que sucede en cuanto a la protección de animales. Ello le permite vetar un espectáculo público determinado para proteger a los toros, pero no puede llegar hasta prohibir una fiesta que es patrimonio cultural por decisión del Gobierno central, según han informado a Efe fuentes del TC. Ahí es donde las competencias catalanas invaden las estatales y en ese punto cuenta también otro elemento clave: las leyes dictadas por el ejecutivo central (2013 y 2015) por más que sean posteriores a la norma catalana ahora anulada, tienen validez, entre otras razones porque nunca han sido recurridas ante el propio TC. Así han informado las citadas fuentes, que han añadido que el Constitucional ha aceptado desde esta base el recurso que le planteó el Grupo Popular en el Senado. El fallo se fundamentará en una sentencia que será notificada en los próximos días y que contará con el voto particular de los tres magistrados discrepantes. La ponente de la sentencia aprobada hoy es la magistrada Encarnación Roca, propuesta por CiU para el TC con el acuerdo del PP y del PSOE. En síntesis, la magistrada considera que las competencias de la Generalitat le permiten gestionar la protección de los animales y también los espectáculos de importancia cultural y económica, pero no prohibirlos.

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