Martes, 09 febrero 2010
Actualizado a las 22:43h
Declara así nulo un acuerdo del Gobierno vasco
En una sentencia, el Tribunal Supremo ha dictaminado que el Gobierno vasco está obligado a exigir, individualmente, el cumplimiento del deber de juramento o promesa de acatar la Constitución a cada uno de los miembros de la Ertzaintza. El Alto Tribunal admite así un recurso de la General del Estado.
Redacción España - 06-10-08
Y si el Gobierno vasco se niega, ¿Zapatero le obligará?
La sentencia del Tribunal Supremo es de gran importancia
De esta forma, el TS declara nulo el acuerdo del Gobierno vasco del 1 de octubre de 2002 sobre este asunto y admite el recurso de casación de la Abogacía General del Estado, que fue rechazado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
El 28 de junio de 2002 el delegado del Gobierno del País Vasco remitió un requerimiento al lehendakari, recordándole que los miembros de la Ertzaintza, de forma individualizada, debían cumplir con la obligación de jurar o prometer la Constitución, hecho que no se había producido en ninguna de las promociones que se habían incorporado a la Policía Autónoma vasca desde su creación.
El Ejecutivo de Vitoria, en un acuerdo aprobado el 1 de octubre, rechazó tal requerimiento, dando esa obligación por cumplida por ser "implícita" en el acceso a la condición de funcionario de la Ertzaintza.
Según el Alto Tribunal, dicha obligación se refiere de manera concreta a los miembros de tales cuerpos, como un acto individual y específico de acatamiento de la Constitución.
Por último, considera que la obligación de acatamiento de la Constitución no puede entenderse sustituida por el deber de actuar en el ejercicio de sus funciones de acuerdo con la Carta Magna, por lo que estima el recurso del Abogado del Estado y declara la nulidad del acuerdo del Gobierno vasco por no ser conforme al ordenamiento jurídico.
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